Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Valoraciones Fiscales. (2024050200)
Orden de 18 de diciembre de 2024 por la que se aprueban los precios medios en el mercado para estimar el valor de determinados vehículos usados, a efectos de la liquidación de los hechos imponibles de los Impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y sobre Sucesiones y Donaciones, que se devenguen en el año 2025 y que no figuren en las tablas de precios medios de venta aprobados por el Ministerio de Hacienda.
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NÚMERO 250
Viernes 27 de diciembre de 2024

I

66445

DISPOSICIONES GENERALES
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
ORDEN de 18 de diciembre de 2024 por la que se aprueban los precios
medios en el mercado para estimar el valor de determinados vehículos
usados, a efectos de la liquidación de los hechos imponibles de los Impuestos
sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y sobre
Sucesiones y Donaciones, que se devenguen en el año 2025 y que no figuren
en las tablas de precios medios de venta aprobados por el Ministerio de
Hacienda. (2024050200)
La Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria en el artículo 57.1 establece los
distintos medios o métodos a disposición de la Administración tributaria para llevar a cabo
la determinación del valor de bienes y derechos. De entre los medios señalados, el artículo
57.1.c) de la citada ley, dispone que el valor de las rentas, productos, bienes y demás elementos determinantes de la obligación tributaria podrá ser comprobado por la Administración
tributaria mediante precios medios en el mercado.
Como ha venido sucediendo en los ejercicios precedentes, el desarrollo del medio de comprobación de valores establecido en el artículo 57.1.c) de la Ley General Tributaria, permite dotar
de un marco de seguridad jurídica al contribuyente en las transacciones de determinados bienes a efectos del ITPAJD y del ISD y, al mismo tiempo, seguir reduciendo la conflictividad que
se genera en el ámbito administrativo y contencioso como consecuencia de la comprobación
de valores.
Los órganos gestores de los Impuestos sobre Sucesiones y Donaciones y sobre Transmisiones
Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados vienen utilizando, como medio de comprobación de valores en la transmisión o adquisición de los medios privados de transporte, los precios medios de venta aprobados por las correspondientes órdenes del Ministerio de Hacienda.
No obstante, existe un considerable volumen de operaciones sujetas a los Impuestos citados
como consecuencia de las transmisiones inter vivos y mortis causa de medios de transporte
privados distintos de los regulados en la Orden del Ministerio de Hacienda, como son determinados modelos de vehículos comerciales e industriales ligeros, tractores y remolques
agrícolas usados, que justifica contar con un instrumento normativo que venga a completar
esta laguna, dotando a los servicios tributarios de la Comunidad Autónoma de un criterio de
valoración objetivo.