Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2024064016)
Resolución de 4 de diciembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones para el fomento del empleo de las personas en situación de exclusión social a través de empresas de inserción de la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondiente al ejercicio 2025.
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NÚMERO 249
Jueves 26 de diciembre de 2024

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5. Si entre la fecha de incorporación del trabajador al empleo en empresa ordinaria o como
trabajador autónomo y la fecha en la que el trabajador finalizó su proceso de inserción
en una empresa de inserción, han trascurrido más de 6 meses, será indispensable que el
trabajador/a haya estado inscrito como desempleado en el SEXPE, al menos 6 meses completos como demandante de empleo en los 12 anteriores a su contratación.
Vigésimo. Documentación.
Las personas beneficiarias de la subvención del Programa IV, deberán presentar la siguiente
documentación:
a) Anexo I. Modelo de solicitud normalizado y debidamente cumplimentado en todos sus
términos (incluido el documento de alta en el Subsistema de Terceros de la Junta de Extremadura en el caso de no estar dado de alta, o cuando se quiera modificar el mismo)
y firmado por la persona que ejerza de representante legal de la entidad solicitante.
b) Copia del DNI, para el caso en que el solicitante sea una persona física o se trate del
representante legal de una persona jurídica y se oponga a que el órgano gestor consulta
de oficio sus datos identificativos, marcando la casilla correspondiente en el anexo I de
la solicitud. Si la persona solicitante es persona jurídica, copia del NIF de la entidad, en
el caso de que se oponga a su consulta de oficio marcando la casilla mencionada.
c) En caso de sociedad o entidad jurídica, deberá presentarse, además, copia del documento que acredite el poder de representación ante la Administración o nota simple del
Registro Mercantil, si se opone a su obtención indicando el Código Seguro de Verificación (CSV) en el anexo I de solicitud, en cuyo caso, la comprobación se realizará por el
órgano instructor.
d) Anexo VIII debidamente cumplimentado con la relación de los datos de las personas
trabajadoras contratadas por las que se solicita subvención.
e) Copia de la comunicación del contrato/s o sus prórrogas al correspondiente Servicio
Público de Empleo de las personas trabajadoras por cuenta ajena por los que se solicita
subvención, siempre que la entidad se oponga a la consulta de oficio de la misma por
Servicio Extremeño Público de Empleo, marcando la casilla correspondiente en el anexo
I de la solicitud.
f) Informe original, expedido por la Tesorería de la Seguridad Social, relativo a la vida
laboral de cada persona trabajadora por el que se solicita la subvención. siempre que
la persona trabajadora se oponga a la consulta de oficio de la misma por el Servicio
Extremeño Público de Empleo, marcando la casilla correspondiente en el anexo I de la
solicitud.