Servicio Extremeño De Salud. Procesos Selectivos. (2024064140)
Resolución de 19 de diciembre de 2024, de la Dirección Gerencia, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso de las personas con discapacidad intelectual a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Celador/a, en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.
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NÚMERO 249
Jueves 26 de diciembre de 2024
66033
10.3. Perderán el derecho a ser nombrados personal estatutario fijo, aquellos aspirantes que
no soliciten plaza conforme al procedimiento de elección de plazas indicado en el apartado
10.1.
10.4. En el supuesto de que no se adjudicaran la totalidad de las plazas ofertadas, el Servicio
Extremeño de Salud ofertará dichas plazas por el orden puntuación de la resolución definitiva a aquellos aspirantes que no hubieran estado obligados a concurrir al procedimiento de
elección, otorgándoles un plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a que se les
realice tal ofrecimiento, para la presentación de la documentación acreditativa de que reúnen
los requisitos establecidos en esta convocatoria.
Undécima. Nombramiento y toma de posesión.
11.1. Mediante resolución de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Extremeño de Salud, publicada en el Diario Oficial de Extremadura, se acordará el nombramiento
de personal estatutario fijo de los aspirantes que hayan elegido plaza, con expresión de la
plaza adjudicada conforme a lo establecido en la base anterior.
11.2. Los aspirantes nombrados deberán incorporarse a la plaza adjudicada en la fecha o plazo que se determine en la resolución de nombramiento. En su caso, el cómputo de dicho plazo
se iniciará el día siguiente al de la publicación a que se refiere el apartado anterior.
No obstante, en casos de fuerza mayor, y a instancia del interesado, el órgano convocante,
a la vista de las circunstancias concurrentes, podrá prorrogar el plazo de toma de posesión.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 12.4 del precitado Decreto 81/2021, de 7 de julio
(DOE núm. 133, de 13 de julio), se fija como importe de las actividades de tutoría y apoyo al
proceso de adaptación de este personal al desempeño de las tareas y funciones de su puesto,
la cantidad de 500 euros, que de conformidad con el artículo 18.4, del Decreto 111/2017,
de 18 de julio comprenderá un único abono que se efectuará una vez transcurrido el periodo
de dos meses previsto para la tutoría y previo certificado del Jefe de Servicio competente en
materia de personal acreditativo de la tutoría realizada.
11.3. La falta de incorporación en la fecha o plazo determinado, cuando sea imputable al interesado y no responda a causas justificadas, producirá el decaimiento de su derecho a obtener
la condición de personal estatutario fijo como consecuencia del proceso selectivo, quedando
sin efecto su nombramiento.
Las plazas que hayan quedado vacantes en virtud de lo dispuesto en el párrafo anterior podrán ser asignadas por orden de puntuación a los aspirantes que, habiendo superado el proceso selectivo, no hubieran obtenido plaza en el procedimiento de adjudicación previsto en la
Jueves 26 de diciembre de 2024
66033
10.3. Perderán el derecho a ser nombrados personal estatutario fijo, aquellos aspirantes que
no soliciten plaza conforme al procedimiento de elección de plazas indicado en el apartado
10.1.
10.4. En el supuesto de que no se adjudicaran la totalidad de las plazas ofertadas, el Servicio
Extremeño de Salud ofertará dichas plazas por el orden puntuación de la resolución definitiva a aquellos aspirantes que no hubieran estado obligados a concurrir al procedimiento de
elección, otorgándoles un plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a que se les
realice tal ofrecimiento, para la presentación de la documentación acreditativa de que reúnen
los requisitos establecidos en esta convocatoria.
Undécima. Nombramiento y toma de posesión.
11.1. Mediante resolución de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Extremeño de Salud, publicada en el Diario Oficial de Extremadura, se acordará el nombramiento
de personal estatutario fijo de los aspirantes que hayan elegido plaza, con expresión de la
plaza adjudicada conforme a lo establecido en la base anterior.
11.2. Los aspirantes nombrados deberán incorporarse a la plaza adjudicada en la fecha o plazo que se determine en la resolución de nombramiento. En su caso, el cómputo de dicho plazo
se iniciará el día siguiente al de la publicación a que se refiere el apartado anterior.
No obstante, en casos de fuerza mayor, y a instancia del interesado, el órgano convocante,
a la vista de las circunstancias concurrentes, podrá prorrogar el plazo de toma de posesión.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 12.4 del precitado Decreto 81/2021, de 7 de julio
(DOE núm. 133, de 13 de julio), se fija como importe de las actividades de tutoría y apoyo al
proceso de adaptación de este personal al desempeño de las tareas y funciones de su puesto,
la cantidad de 500 euros, que de conformidad con el artículo 18.4, del Decreto 111/2017,
de 18 de julio comprenderá un único abono que se efectuará una vez transcurrido el periodo
de dos meses previsto para la tutoría y previo certificado del Jefe de Servicio competente en
materia de personal acreditativo de la tutoría realizada.
11.3. La falta de incorporación en la fecha o plazo determinado, cuando sea imputable al interesado y no responda a causas justificadas, producirá el decaimiento de su derecho a obtener
la condición de personal estatutario fijo como consecuencia del proceso selectivo, quedando
sin efecto su nombramiento.
Las plazas que hayan quedado vacantes en virtud de lo dispuesto en el párrafo anterior podrán ser asignadas por orden de puntuación a los aspirantes que, habiendo superado el proceso selectivo, no hubieran obtenido plaza en el procedimiento de adjudicación previsto en la