Servicio Extremeño De Salud. Procesos Selectivos. (2024064108)
Resolución de 19 de diciembre de 2024, de la Dirección Gerencia, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Grupo Auxiliar de Función Administrativa, en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.
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NÚMERO 249
Jueves 26 de diciembre de 2024

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2.5. En cualquier caso, la presentación de la solicitud presupone una declaración responsable
de la persona solicitante de que cumple los requisitos exigidos en estas bases.
Tercera. Solicitudes, tasas y documentación.
3.1. Los interesados en participar en el presente proceso selectivo cumplimentarán su solici­
tud y el pago de la tasa, tal y como se determina en el Anexo I.
3.2. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del
día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Extre­
madura.
Los aspirantes podrán presentarse a cuantas categorías, y en su caso, especialidades se con­
voquen, siempre que reúnan los requisitos específicos exigidos para cada una de ellas, y sin
perjuicio de que en algún caso dicha posibilidad no pueda hacerse efectiva por coincidencia en
las fechas, horas o lugares de celebración de los ejercicios, circunstancia que en modo alguno
vinculará a la Administración. En cualquier caso, se presentará una única solicitud por cada
categoría, y en su caso, especialidad a la que se opte.
De conformidad con el artículo 32.4 de la LPAC, en el supuesto de que el funcionamiento ordi­
nario del sistema o de la aplicación telemática quede imposibilitado por una incidencia técnica
y hasta que se solucione el problema, la administración podrá determinar una ampliación de
los plazos no vencidos debiendo publicar en la sede electrónica tanto la incidencia técnica
acontecida como la ampliación concreta del plazo no vencido.
Para facilitar la cumplimentación de la solicitud a través de Internet, se habilitarán ordenado­
res en las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de carácter especializado del Servicio Extre­
meño de Salud que se relacionan en el Anexo I.
3.3. Los aspirantes con discapacidad deberán indicar expresamente en el momento de la
solicitud, las adaptaciones de tiempo y medios necesarios para la realización del ejercicio,
siempre que tal adaptación no desvirtúe el sentido de la prueba. El Tribunal requerirá informe
técnico y en su caso, la colaboración de los órganos técnicos competentes en materia de dis­
capacidad. El Tribunal de Selección resolverá sobre la procedencia y concreción de la adapta­
ción, conforme al Baremo aprobado por Orden del Ministerio de Presidencia 1822/2006, de 9
de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adiciona­
les en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad,
siendo objeto de publicación en los lugares previstos en la convocatoria.
La solicitud de adaptación podrá ser formulada por cualquier aspirante con discapacidad, sin
perjuicio del turno por el que concurra a las pruebas selectivas.