Ayuntamiento De Badajoz. Planeamiento. (2024082145)
Anuncio de 13 de diciembre de 2024 sobre aprobación definitiva de la modificación puntual de ordenación detallada del Plan General Municipal y Plan Especial de Ordenación, Protección y Actuación del Centro Histórico de Badajoz en materia de accesibilidad.
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NÚMERO 249
Jueves 26 de diciembre de 2024

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SECCIÓN 2ª. PROTECCIONES ESPECÍFICAS.
Artículo 2.3. Protección para LOS ELEMENTOS
El presente Plan Especial establece los siguientes niveles de protección:
NIVEL a PROTECCIÓN INTEGRAL
NIVEL b PROTECCIÓN TIPOLÓGICA EN GRADO1
NIVEL c PROTECCIÓN TIPOLÓGICA EN GRADO 2
NIVEL d PROTECCIÓN DE ELEMENTOS AISLADOS
NIVEL a PROTECCIÓN INTEGRAL
1. D
 efinición y Ámbito de Aplicación:
El nivel de protección integral es el asignado a los edificios, que deberán ser conservados
íntegramente por su carácter singular y monumental y por razones histórico-artísticas, preservando todas sus características arquitectónicas. La protección es total y en ningún caso
podrán suponer aportaciones de reinvención.
2. O
 bjetivos de las Intervenciones:
— Cualquier intervención irá encaminada a su protección integral, conservación y mejora.
Se respetarán todas las características esenciales del inmueble, sin perjuicio de que
pueda autorizarse el uso de elementos, técnicas y materiales actuales para la mejor
adaptación del bien a su uso y para valorar determinados elementos y/o épocas.
— No se alterará el aspecto exterior de los inmuebles ni se aumentará el volumen edificado. En particular queda prohibido adicionar plantas y modificar aberturas en fachada,
salvo que las obras obedeciesen a una razonada restauración para reponer el edificio a
su estado original. Se conservarán jardines, patios y espacios libres que formen parte
del edificio catalogado.
— No se proyectarán modificaciones interiores que alteren o perjudiquen las partes esenciales, muros, forjados o bóvedas, patios, zaguanes y accesos, u otros elementos decorativos por los que hubiera sido catalogado el edificio.
— No se autorizarán obras que modifiquen parcialmente los materiales y acabados y composición de la fachada, exigiéndose una actuación unitaria.