Ayuntamiento De Badajoz. Planeamiento. (2024082145)
Anuncio de 13 de diciembre de 2024 sobre aprobación definitiva de la modificación puntual de ordenación detallada del Plan General Municipal y Plan Especial de Ordenación, Protección y Actuación del Centro Histórico de Badajoz en materia de accesibilidad.
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NÚMERO 249
Jueves 26 de diciembre de 2024
66382
ANEXO II
RESUMEN EJECUTIVO
Introducción
Este resumen ejecutivo se redacta según lo establecido en el artículo 25 del Real Decreto
Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de
Suelo y Rehabilitación Urbana:“En los procedimientos de aprobación o de alteración de instrumentos de ordenación urbanística, la documentación expuesta al público deberá incluir un
resumen ejecutivo expresivo de los siguientes extremos:
a) Delimitación de los ámbitos en los que la ordenación proyectada altera la vigente, con
un plano de su situación, y alcance de dicha alteración.
b) En su caso, los ámbitos en los que se suspendan la ordenación o los procedimientos de
ejecución o de intervención urbanística y la duración de dicha suspensión”.
Así mismo, el artículo 61 del RGLOTUS establece que la información pública del acuerdo de
aprobación inicial de la Modificación Puntual de la ordenación detallada del Plan Especial
(PEOPACH) deberá incluir su resumen ejecutivo.
Datos del Equipo Redactor
La modificación puntual ha sido redactada por el Servicio Técnico de Planeamiento, Gestión y
Catastro del Ayuntamiento de Badajoz.
Ámbito de la Modificación
El ámbito territorial de la modificación abarca la ZONA 1 (APR 1.1) del Suelo Urbano que define el Centro Histórico, y más concretamente las edificaciones residenciales catalogadas por
el PGM, con NIVEL b PROTECCIÓN TIPOLÓGICA EN GRADO1.
Jueves 26 de diciembre de 2024
66382
ANEXO II
RESUMEN EJECUTIVO
Introducción
Este resumen ejecutivo se redacta según lo establecido en el artículo 25 del Real Decreto
Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de
Suelo y Rehabilitación Urbana:“En los procedimientos de aprobación o de alteración de instrumentos de ordenación urbanística, la documentación expuesta al público deberá incluir un
resumen ejecutivo expresivo de los siguientes extremos:
a) Delimitación de los ámbitos en los que la ordenación proyectada altera la vigente, con
un plano de su situación, y alcance de dicha alteración.
b) En su caso, los ámbitos en los que se suspendan la ordenación o los procedimientos de
ejecución o de intervención urbanística y la duración de dicha suspensión”.
Así mismo, el artículo 61 del RGLOTUS establece que la información pública del acuerdo de
aprobación inicial de la Modificación Puntual de la ordenación detallada del Plan Especial
(PEOPACH) deberá incluir su resumen ejecutivo.
Datos del Equipo Redactor
La modificación puntual ha sido redactada por el Servicio Técnico de Planeamiento, Gestión y
Catastro del Ayuntamiento de Badajoz.
Ámbito de la Modificación
El ámbito territorial de la modificación abarca la ZONA 1 (APR 1.1) del Suelo Urbano que define el Centro Histórico, y más concretamente las edificaciones residenciales catalogadas por
el PGM, con NIVEL b PROTECCIÓN TIPOLÓGICA EN GRADO1.