Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024064076)
Resolución de 7 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de puesta en riego de 12,0103 ha de almendros y olivos en el polígono 14 parcelas 31, 33, 35, 36 y 37, a ubicar en el término municipal de Santa Marta, promovido por David Amo Méndez. Expte.: IA23/0775.
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NÚMERO 248
Martes 24 de diciembre de 2024

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comunicando cualquier incidencia que pudiera suceder relacionada con el objeto de control.
Asimismo, las autoridades agrarias de las comunidades autónomas podrán imponer requisitos de control en materia de enriquecimiento por nutrientes y plaguicidas de las aguas
tras su aprovechamiento, que podrán incluirse en dicho plan.
En la relación a la existencia o inexistencia de recursos suficientes para satisfacer nuevas
demandas hídricas, Con fecha 03/10/2023 la Oficina de Planificación Hidrológica de este
organismo de cuenca informó lo siguiente:
— “La captación del recurso se sitúa dentro del Sistema de Explotación Central, definido en
el art. 2 y el Apéndice 2 de las Disposiciones Normativas del vigente Plan Hidrológico de
la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Guadiana (Real Decreto 35/2023,
de 24 de enero), y fuera de las masas de agua subterránea definidas en el Apéndice 4
de las Disposiciones Normativas del Plan.
— El Plan Hidrológico no cuantifica de forma diferenciada los recursos subterráneos
disponibles fuera de las masas definidas ni establece asignación específica para el
aprovechamiento de estos recursos. No obstante, de acuerdo con el art. 27.3 de su
Normativa, en zonas situadas fuera de las masas de agua subterránea, existe la posibilidad
de otorgar en concesión recursos adicionales no cuantificados en el Plan, siempre que
no se produzca afección a las masas de agua superficial ni a otros aprovechamientos
preexistentes.
— De acuerdo con el art. 34.3 de las Disposiciones Normativas del Plan, todos los retornos
de riego deberán cumplir, antes de su incorporación a acuíferos o cauces, las normas de
calidad ambiental y normativa asociada al medio receptor.
— En virtud de lo anterior, se informa que la solicitud es compatible con el vigente Plan
Hidrológico de cuenca, con las limitaciones indicadas en los apartados anteriores”.
En cualquier caso, se estaría a lo dispuesto en la correspondiente resolución sobre la tramitación de la solicitud de concesión 3111/2017.
— El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de la Dirección General
de Sostenibilidad, informa de manera favorable, siempre que se cumplan una serie de
medidas que se han incluido en este informe ambiental. Además, informa que, no hay
datos de presencia de las especies no en la parcela en estudio. Por tanto, no se espera
que haya afecciones significativas. No obstante, se deberán respetar las medidas incluidas en el presente informe.
— Servicio de Infraestructuras del Medio Rural de la Dirección General de Infraestructuras
Rurales, Patrimonio y Tauromaquia informa que, el proyecto no afecta a ninguna de las
Vías Pecuarias clasificadas en el citado término municipal.