Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024064077)
Resolución de 7 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Mejora y modernización de tubería de impulsión del Embalse de Piedra Aguda, en el término municipal de Olivenza (Badajoz)". Expte.: IA24/0305.
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NÚMERO 248
Martes 24 de diciembre de 2024
64585
mejora de las infraestructuras para aumentar su eficiencia y evitar pérdidas de recursos
hídricos. Por tanto, consiste en la mejora de una infraestructura existente a la cual no
se le va a cambiar el uso, ya que la utilidad referida a la infraestructura de conducción
de agua en la actualidad continuará ofreciendo el mismo servicio una vez concluyan
las obras. Por lo que las posibles afecciones de los trabajos sólo se contemplan en la
ejecución de la fabricación de los diferentes elementos y de los movimientos de tierra
para las excavaciones de las zanjas de alojamiento de las nuevas tuberías, valvulería y
piezas especiales. Si bien, como se ha recogido en el resumen de la actividad solicitada,
todos estos trabajos contemplan medidas adecuadas para minimizar posibles afecciones durante su ejecución y posterior explotación. De este modo, durante la apertura de
zanjas, las tierras procedentes de la excavación se acopiarán en cordones junto a las
zanjas para su posterior reutilización. Se retirarán y serán cargados en camión todas
las tuberías, valvulería y piezas especiales obsoletas, para su evacuación hacia un centro homologado de gestión de residuos de la construcción. La instalación de los nuevos
tramos de tuberías proyectadas se colocará de forma paralela a la actual tubería que
quedará en desuso. A medida que se vayan completando diferentes tramos diarios de
tubería y montaje de piezas y valvulería, se ejecutará el relleno y tapado de las zanjas
que alojan a estos elementos de distribución de agua de riego.
Se considera que el proyecto, con la aplicación de estas medidas preventivas y correctoras, no es susceptible de causar de forma significativa degradaciones sobre los hábitats
ni alteraciones sobre las especies por las que se han declarado los lugares de la Red
Natura 2000 objeto del presente informe, y que resulta compatible con los planes de
protección vigentes de las especies presentes.
El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas informa favorablemente
la actividad solicitada, ya que no es susceptible de afectar de forma apreciable a los
lugares incluidos en la Red Natura 2000, siempre que se cumplan una serie de condicionantes recogidos en el presente informe.
— La Dirección General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y Tauromaquia, sección de
Vías Pecuarias, informa que, una vez estudiada la documentación presentada, el proyecto no afecta a ninguna de las Vías Pecuarias deslindadas y clasificadas que discurren
por el citado término municipal.
— La Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio informa:
• Servicio de Urbanismo: en relación con la consulta de referencia se emiten las siguientes consideraciones conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 21/2013,
de 9 de diciembre de evaluación ambiental:
Martes 24 de diciembre de 2024
64585
mejora de las infraestructuras para aumentar su eficiencia y evitar pérdidas de recursos
hídricos. Por tanto, consiste en la mejora de una infraestructura existente a la cual no
se le va a cambiar el uso, ya que la utilidad referida a la infraestructura de conducción
de agua en la actualidad continuará ofreciendo el mismo servicio una vez concluyan
las obras. Por lo que las posibles afecciones de los trabajos sólo se contemplan en la
ejecución de la fabricación de los diferentes elementos y de los movimientos de tierra
para las excavaciones de las zanjas de alojamiento de las nuevas tuberías, valvulería y
piezas especiales. Si bien, como se ha recogido en el resumen de la actividad solicitada,
todos estos trabajos contemplan medidas adecuadas para minimizar posibles afecciones durante su ejecución y posterior explotación. De este modo, durante la apertura de
zanjas, las tierras procedentes de la excavación se acopiarán en cordones junto a las
zanjas para su posterior reutilización. Se retirarán y serán cargados en camión todas
las tuberías, valvulería y piezas especiales obsoletas, para su evacuación hacia un centro homologado de gestión de residuos de la construcción. La instalación de los nuevos
tramos de tuberías proyectadas se colocará de forma paralela a la actual tubería que
quedará en desuso. A medida que se vayan completando diferentes tramos diarios de
tubería y montaje de piezas y valvulería, se ejecutará el relleno y tapado de las zanjas
que alojan a estos elementos de distribución de agua de riego.
Se considera que el proyecto, con la aplicación de estas medidas preventivas y correctoras, no es susceptible de causar de forma significativa degradaciones sobre los hábitats
ni alteraciones sobre las especies por las que se han declarado los lugares de la Red
Natura 2000 objeto del presente informe, y que resulta compatible con los planes de
protección vigentes de las especies presentes.
El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas informa favorablemente
la actividad solicitada, ya que no es susceptible de afectar de forma apreciable a los
lugares incluidos en la Red Natura 2000, siempre que se cumplan una serie de condicionantes recogidos en el presente informe.
— La Dirección General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y Tauromaquia, sección de
Vías Pecuarias, informa que, una vez estudiada la documentación presentada, el proyecto no afecta a ninguna de las Vías Pecuarias deslindadas y clasificadas que discurren
por el citado término municipal.
— La Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio informa:
• Servicio de Urbanismo: en relación con la consulta de referencia se emiten las siguientes consideraciones conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 21/2013,
de 9 de diciembre de evaluación ambiental: