Ayuntamiento De Mohedas De Granadilla. Información Pública. (2024082113)
Anuncio de 11 de diciembre de 2024 sobre aprobación inicial de la modificación puntual n.º 7 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal.
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NÚMERO 247
64551
Lunes 23 de diciembre de 2024
(Nuevo texto. Texto parcial de su párrafo cuarto).
“Las características constructivas y acabados de las edificaciones deberán integrarse al paisaje, respetando los tipos y colores de las construcciones tradicionales y no admitiéndose
paredes sin revocar y pintar a no ser que presenten acabados en piedra vista, ni parámetros cerrados susceptibles de convertirse en medianeras. Las cubiertas serán preferentemente inclinadas salvo en los casos contemplados para cada categoría de suelo rústico.
Sus materiales y colores constituyentes serán los regulados en el artículo 43”.
En lo referente al articulado que regula los usos y edificaciones en suelo rústico, se modifican los artículos 71, 74, 77, 80, 81, 82, y 83, acompañando el texto definitivo en la
memoria de la modificación.
Por lo que se expone al público en la Secretaría Municipal y en sede electrónica del ayuntamiento, el expediente por un período de 45 días, a efectos de reclamaciones y sugerencias,
a contar a partir de la última publicación efectuada en los boletines oficiales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.4 de la Ley de ordenación territorial y urbanística
sostenible de Extremadura.
Mohedas de Granadilla, 11 diciembre 2024. El Alcalde, ISIDRO ARROJO BATUECAS.
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64551
Lunes 23 de diciembre de 2024
(Nuevo texto. Texto parcial de su párrafo cuarto).
“Las características constructivas y acabados de las edificaciones deberán integrarse al paisaje, respetando los tipos y colores de las construcciones tradicionales y no admitiéndose
paredes sin revocar y pintar a no ser que presenten acabados en piedra vista, ni parámetros cerrados susceptibles de convertirse en medianeras. Las cubiertas serán preferentemente inclinadas salvo en los casos contemplados para cada categoría de suelo rústico.
Sus materiales y colores constituyentes serán los regulados en el artículo 43”.
En lo referente al articulado que regula los usos y edificaciones en suelo rústico, se modifican los artículos 71, 74, 77, 80, 81, 82, y 83, acompañando el texto definitivo en la
memoria de la modificación.
Por lo que se expone al público en la Secretaría Municipal y en sede electrónica del ayuntamiento, el expediente por un período de 45 días, a efectos de reclamaciones y sugerencias,
a contar a partir de la última publicación efectuada en los boletines oficiales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.4 de la Ley de ordenación territorial y urbanística
sostenible de Extremadura.
Mohedas de Granadilla, 11 diciembre 2024. El Alcalde, ISIDRO ARROJO BATUECAS.
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