Presidencia De La Junta. Cartas De Servicios. (2024064061)
Resolución de 13 de diciembre de 2024, de la Secretaría General de Igualdad y Conciliación, por la que se aprueba la Carta de Servicios de los Centros de Atención Integral 24 horas a víctimas de violencia sexual en Extremadura.
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NÚMERO 246
Viernes 20 de diciembre de 2024

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— Asociado a servicio 2.
III. Nos comprometemos a que se atenderán las peticiones de información, asesoramiento e intervención a víctimas de violencia sexual en el pasado y en la actualidad, familiares y personas del entorno, ante situaciones no urgentes en un tiempo
máximo no superior a 24h. Esta intervención se realizará con perspectiva de género
durante todo el proceso de atención, centrándose en favorecer la recuperación y
reparación de las víctimas.
— Asociado a servicio 3.
IV. Nos comprometemos a que, si una víctima requiere de acompañamiento presencial
en caso de urgencia o emergencia, el personal, de forma inmediata, se traslade al
lugar en el que se encuentre la víctima, si la víctima muestra su conformidad y así lo
demanda. El tiempo de respuesta se ajustará a la distancia exacta entre la víctima y
el Centro de Crisis, haciéndose constar en un Registro el tiempo transcurrido entre
la llamada y la atención a la víctima.
— Asociados al servicio 4.
V. Nos comprometemos a que las funciones del servicio de asesoramiento psicológico sean desarrollas por profesionales tituladas/os en psicología con formación en
igualdad entre mujeres y hombres, violencia de género y/o en violencia sexual, que
tratarán de minimizar los efectos traumáticos de la violencia sexual acompañando
a las mujeres que lo requieran al centro sanitario especializado correspondiente o a
dependencias policiales o judiciales.
VI. N
 os comprometemos a que las funciones del servicio de información, orientación y
asesoramiento jurídico sean desempeñadas por profesionales tituladas/os en Derecho con formación en igualdad entre mujeres y hombres, violencia de género y/o
violencia sexual, que tratarán de informar, orientar y asesorar jurídicamente.
VII. N
 os comprometemos a que las funciones de prestar acompañamiento social sean
desarrolladas por profesionales tituladas/os en Trabajo Social, con formación en
igualdad entre mujeres y hombres, violencia de género y/o violencia sexual. Esta
intervención se realizará con perspectiva de género durante todo el proceso de
atención, centrándose en favorecer la recuperación e inserción de las víctimas.
VIII. N
 os comprometemos a que los equipos de profesionales del ámbito de la Psicología, el Derecho y Trabajo Social especializados en Violencia Sexual reciban anualmente una formación que mantenga actualizados los contenidos relacionados con
la violencia sexual, conozcan fórmulas y nuevas herramientas de intervención que
permitan mejorar la atención y prevención de la violencia sexual.