Presidencia De La Junta. Cartas De Servicios. (2024064061)
Resolución de 13 de diciembre de 2024, de la Secretaría General de Igualdad y Conciliación, por la que se aprueba la Carta de Servicios de los Centros de Atención Integral 24 horas a víctimas de violencia sexual en Extremadura.
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NÚMERO 246
Viernes 20 de diciembre de 2024
64380
En caso de una víctima menor de edad, para activar el recurso del Centro de Crisis, sólo
será necesario su consentimiento.
En caso de situación no urgente, la respuesta proporcionada desde los Centros de Crisis se
realizará a la mayor brevedad posible y en un plazo máximo de 24 horas. Se entenderán
como situaciones no urgentes aquellas que no sean clasificadas como tal por la mujer solicitante o la entidad que deriva, bien a través de su propio teléfono, vía WhatsApp, web o
el 112.
Además, las derivaciones no urgentes podrán ser activadas por la Red Extremeña de Atención a Mujeres Víctimas de Violencia de Género, Red de Oficinas de Igualdad y Violencia de
Género o de la Red de Servicios Sociales de Extremadura directamente con el Centro de
Crisis competente.
Los Centros de Crisis de Extremadura ofrecerán servicios los 365 días del año las 24 horas
del día.
3. NORMATIVA DE APLICACIÓN.
A. Normas europeas.
• Carta de los derechos fundamentales de la Unión Europea (2000).
• Instrumento de ratificación del Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha
contra la violencia contra la mujer y violencia doméstica, hecho en Estambul el 11 de
mayo de 2011.
• Instrumento Europeo de Recuperación “Next Generation-UE”. Política palanca 8 “Nueva
Economía de los cuidados y políticas de empleo”.
• Plan de recuperación, transformación y resiliencia. Componente 22 “Plan de choque para
la economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de inclusión”.
• Inversión: C22.I04.
B. N
ormas estatales.
• Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito.
• Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual.
• Inversión: C22.I04:
Viernes 20 de diciembre de 2024
64380
En caso de una víctima menor de edad, para activar el recurso del Centro de Crisis, sólo
será necesario su consentimiento.
En caso de situación no urgente, la respuesta proporcionada desde los Centros de Crisis se
realizará a la mayor brevedad posible y en un plazo máximo de 24 horas. Se entenderán
como situaciones no urgentes aquellas que no sean clasificadas como tal por la mujer solicitante o la entidad que deriva, bien a través de su propio teléfono, vía WhatsApp, web o
el 112.
Además, las derivaciones no urgentes podrán ser activadas por la Red Extremeña de Atención a Mujeres Víctimas de Violencia de Género, Red de Oficinas de Igualdad y Violencia de
Género o de la Red de Servicios Sociales de Extremadura directamente con el Centro de
Crisis competente.
Los Centros de Crisis de Extremadura ofrecerán servicios los 365 días del año las 24 horas
del día.
3. NORMATIVA DE APLICACIÓN.
A. Normas europeas.
• Carta de los derechos fundamentales de la Unión Europea (2000).
• Instrumento de ratificación del Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha
contra la violencia contra la mujer y violencia doméstica, hecho en Estambul el 11 de
mayo de 2011.
• Instrumento Europeo de Recuperación “Next Generation-UE”. Política palanca 8 “Nueva
Economía de los cuidados y políticas de empleo”.
• Plan de recuperación, transformación y resiliencia. Componente 22 “Plan de choque para
la economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de inclusión”.
• Inversión: C22.I04.
B. N
ormas estatales.
• Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito.
• Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual.
• Inversión: C22.I04: