Presidencia De La Junta. Cartas De Servicios. (2024064061)
Resolución de 13 de diciembre de 2024, de la Secretaría General de Igualdad y Conciliación, por la que se aprueba la Carta de Servicios de los Centros de Atención Integral 24 horas a víctimas de violencia sexual en Extremadura.
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NÚMERO 246
Viernes 20 de diciembre de 2024
64390
S. I nformes anuales realizados por cada Centro de Crisis en el primer trimestre del año comprometido.
Método de medida: Registro del informe anual en cada Centro de Crisis.
Meta del compromiso: 99%.
Mide el cumplimiento del compromiso XVIII.
T. Número anual de reposición de mobiliario, materiales y de mejoras en las instalaciones para
un mantenimiento adecuado de los Centros de Crisis de Extremadura.
Método de medida: Registros con información de la situación y mejoras pormenorizadas
del mantenimiento de los locales.
Meta del compromiso: 99%.
Mide el cumplimiento del compromiso IX.
7. D
ERECHOS ESPECÍFICOS Y GENERALES DE LAS PERSONAS DESTINATARIAS DEL SERVICIO.
Derechos específicos.
El servicio prestado por estos Centros deberá respetar los siguientes derechos específicos
de las personas usuarias destinatarias del servicio:
a) Derecho a ser atendidas sin discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión,
opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
b) Derecho a ser informadas de todos los derechos relacionados con la defensa, la protección, así como a recibir acompañamiento, cuando se valore como oportuno, y apoyo en
la tramitación de dichos derechos.
c) Derecho a opinar y participar en el diseño de su plan individual de intervención.
d) Derecho a la utilización reservada de su historial, así como de los datos que consten en
el mismo y a la confidencialidad de los/as profesionales que conozcan sobre él, conforme a la normativa relativa a la protección de datos personales y al Derecho al Honor y
a la Intimidad personal y familiar.
e) D
erecho a acceder a las derivaciones complementarias de cualquier tipo que pueda
solicitar, por su condición de víctima de violencia de sexual y cualquier otra que se
recoja en la legislación vigente y que se consideren fundamentales para su protección y
recuperación.
Viernes 20 de diciembre de 2024
64390
S. I nformes anuales realizados por cada Centro de Crisis en el primer trimestre del año comprometido.
Método de medida: Registro del informe anual en cada Centro de Crisis.
Meta del compromiso: 99%.
Mide el cumplimiento del compromiso XVIII.
T. Número anual de reposición de mobiliario, materiales y de mejoras en las instalaciones para
un mantenimiento adecuado de los Centros de Crisis de Extremadura.
Método de medida: Registros con información de la situación y mejoras pormenorizadas
del mantenimiento de los locales.
Meta del compromiso: 99%.
Mide el cumplimiento del compromiso IX.
7. D
ERECHOS ESPECÍFICOS Y GENERALES DE LAS PERSONAS DESTINATARIAS DEL SERVICIO.
Derechos específicos.
El servicio prestado por estos Centros deberá respetar los siguientes derechos específicos
de las personas usuarias destinatarias del servicio:
a) Derecho a ser atendidas sin discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión,
opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
b) Derecho a ser informadas de todos los derechos relacionados con la defensa, la protección, así como a recibir acompañamiento, cuando se valore como oportuno, y apoyo en
la tramitación de dichos derechos.
c) Derecho a opinar y participar en el diseño de su plan individual de intervención.
d) Derecho a la utilización reservada de su historial, así como de los datos que consten en
el mismo y a la confidencialidad de los/as profesionales que conozcan sobre él, conforme a la normativa relativa a la protección de datos personales y al Derecho al Honor y
a la Intimidad personal y familiar.
e) D
erecho a acceder a las derivaciones complementarias de cualquier tipo que pueda
solicitar, por su condición de víctima de violencia de sexual y cualquier otra que se
recoja en la legislación vigente y que se consideren fundamentales para su protección y
recuperación.