Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Transformación Digital. Subvenciones. (2024040246)
Corrección de errores del Decreto 117/2024, de 17 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a la transformación digital del ámbito industrial en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 246
Viernes 20 de diciembre de 2024

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4. C
 uando la solicitud de ayuda no reúna los requisitos establecidos o no se acompañen los
documentos exigidos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23.5 de la Ley 6/2011,
de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el
artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, se requerirá al interesado para que, en un plazo de 10
días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con la advertencia de
que si así no lo hiciera se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución que
deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones”.
Debe decir:
“Décimo primero. Documentación a presentar con la solicitud.
1. L
 as solicitudes de las ayudas irán dirigidas a la Dirección General de Digitalización Regional deberán cumplimentarse conforme al modelo del anexo I de esta convocatoria
por el representante expresamente autorizado para intervenir en este acto y se acompañarán de la siguiente documentación:
1.1. Escritura de Constitución, de sus modificaciones y estatutos vigentes, o cualquier
otro documento válido en derecho que acredite el CNAE de la actividad económica que
desarrolla la empresa.
1.2. Informes relativos a la vida laboral de todas las cuentas de cotización de la empresa, expedidos por la Tesorería General de la Seguridad Social, correspondientes al
período de los 12 meses anteriores a la publicación de la convocatoria de las ayudas
en el DOE, salvo que la empresa tenga una antigüedad inferior a doce meses, en cuyo
caso deberá referirse desde que se produjo el alta en la Seguridad Social, o cualquier
otro documento válido en derecho que acredite que la empresa tiene centro productivo
en Extremadura.
1.3. Memoria de las actuaciones subvencionables que deberá cumplimentarse conforme
al modelo del anexo II de esta convocatoria.
2. L
 a Dirección General de Digitalización Regional recabará de oficio y electrónicamente los
certificados e información que a continuación se indican, con el fin de realizar las consultas y comprobaciones oportunas; salvo que el interesado se opusiera a ello, marcando
con una x en el apartado 7 del anexo I solicitud de ayuda que acompaña la convocatoria,
debiendo en tal caso, presentar la documentación que se relaciona a continuación: