Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Transformación Digital. Subvenciones. (2024040246)
Corrección de errores del Decreto 117/2024, de 17 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a la transformación digital del ámbito industrial en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 246
Viernes 20 de diciembre de 2024
64333
1.3. Memoria de las actuaciones subvencionables que deberá cumplimentarse conforme
al modelo normalizado de la correspondiente convocatoria.
2. L
a Dirección General con competencias en digitalización regional recabará de oficio y
electrónicamente los certificados e información que a continuación se indican, con el fin
de realizar las consultas y comprobaciones oportunas; salvo que el interesado se opusiera a ello, marcando con una x en el apartado correspondiente del modelo de anexo
que acompañe la convocatoria, debiendo en tal caso, presentar la documentación que
se relaciona a continuación:
2.1. Datos de identificación tanto de la entidad solicitante, que obren en sus archivos,
bases de datos u otros fondos documentales o mediante los servicios ofrecidos por el
Ministerio prestador del Sistema de Verificación de Datos de Identidad (SVDI).
2.2. Datos de identificación de la persona autorizada a presentar la solicitud, que obren
en sus archivos, bases de datos u otros fondos documentales o mediante los servicios
ofrecidos por el Ministerio prestador del Sistema de Verificación de Datos de Identidad
(SVDI).
2.3. Informe de la plantilla media de trabajadores en alta de la empresa, expedida por
la Tesorería General de la Seguridad Social correspondientes al período de los 12 meses anteriores a la publicación de la convocatoria de las ayudas en el DOE, salvo que
la empresa tenga una antigüedad inferior a doce meses, en cuyo caso deberá referirse
desde que se produjo el alta en la Seguridad Social.
2.4. Poderes de representación del representante legal de la entidad solicitante.
3. S
i la Dirección General con competencias en digitalización regional recabará de oficio y
electrónicamente los certificados e información que a continuación se indican, con el fin
de realizar las consultas y comprobaciones oportunas; siempre que conste autorización
expresa marcando con una x en el apartado correspondiente del modelo de anexo que
acompañe la convocatoria debiendo en caso contrario, presentar la documentación que
se relaciona a continuación:
3.1. Certificado que acredite que la empresa solicitante de la ayuda se encuentra al
corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda del Estado.
3.2. Certificado que acredite que la empresa solicitante de la ayuda se encuentra al
corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social.
3.3. Certificado que acredite que la empresa solicitante de la ayuda no tiene deudas con
la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Viernes 20 de diciembre de 2024
64333
1.3. Memoria de las actuaciones subvencionables que deberá cumplimentarse conforme
al modelo normalizado de la correspondiente convocatoria.
2. L
a Dirección General con competencias en digitalización regional recabará de oficio y
electrónicamente los certificados e información que a continuación se indican, con el fin
de realizar las consultas y comprobaciones oportunas; salvo que el interesado se opusiera a ello, marcando con una x en el apartado correspondiente del modelo de anexo
que acompañe la convocatoria, debiendo en tal caso, presentar la documentación que
se relaciona a continuación:
2.1. Datos de identificación tanto de la entidad solicitante, que obren en sus archivos,
bases de datos u otros fondos documentales o mediante los servicios ofrecidos por el
Ministerio prestador del Sistema de Verificación de Datos de Identidad (SVDI).
2.2. Datos de identificación de la persona autorizada a presentar la solicitud, que obren
en sus archivos, bases de datos u otros fondos documentales o mediante los servicios
ofrecidos por el Ministerio prestador del Sistema de Verificación de Datos de Identidad
(SVDI).
2.3. Informe de la plantilla media de trabajadores en alta de la empresa, expedida por
la Tesorería General de la Seguridad Social correspondientes al período de los 12 meses anteriores a la publicación de la convocatoria de las ayudas en el DOE, salvo que
la empresa tenga una antigüedad inferior a doce meses, en cuyo caso deberá referirse
desde que se produjo el alta en la Seguridad Social.
2.4. Poderes de representación del representante legal de la entidad solicitante.
3. S
i la Dirección General con competencias en digitalización regional recabará de oficio y
electrónicamente los certificados e información que a continuación se indican, con el fin
de realizar las consultas y comprobaciones oportunas; siempre que conste autorización
expresa marcando con una x en el apartado correspondiente del modelo de anexo que
acompañe la convocatoria debiendo en caso contrario, presentar la documentación que
se relaciona a continuación:
3.1. Certificado que acredite que la empresa solicitante de la ayuda se encuentra al
corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda del Estado.
3.2. Certificado que acredite que la empresa solicitante de la ayuda se encuentra al
corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social.
3.3. Certificado que acredite que la empresa solicitante de la ayuda no tiene deudas con
la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura.