Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Transformación Digital. Subvenciones. (2024040246)
Corrección de errores del Decreto 117/2024, de 17 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a la transformación digital del ámbito industrial en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
28 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 246
Viernes 20 de diciembre de 2024

64331

1. L
 as solicitudes de las ayudas irán dirigidas a la Dirección General con competencias en
digitalización regional, deberán cumplimentarse conforme al modelo normalizado de la
correspondiente convocatoria por el representante expresamente autorizado para intervenir en este acto y se acompañarán de la siguiente documentación:
1.1. Escritura de constitución, de sus modificaciones y estatutos vigentes, o cualquier
otro documento válido en derecho que acredite el CNAE de la actividad económica que
desarrolla la empresa.
1.2. Informes relativos a la vida laboral de todas las cuentas de cotización de la empresa, expedidos por la Tesorería General de la Seguridad Social, correspondientes al
período de los 12 meses anteriores a la publicación de la convocatoria de las ayudas el
DOE, salvo que la empresa tenga una antigüedad inferior a doce meses, en cuyo caso
deberá referirse desde que se produjo el alta en la Seguridad Social, o cualquier otro
documento válido en derecho que acredite que la empresa tiene centro productivo en
Extremadura.
1.3. Memoria de las actuaciones subvencionables que deberá cumplimentarse conforme
al modelo normalizado de la correspondiente convocatoria.
1.4. Informe de la plantilla media de trabajadores en alta de la empresa, expedida por
la Tesorería General de la Seguridad Social correspondientes al período de los 12 meses
anteriores a la publicación de la convocatoria de las ayudas el DOE, salvo que la empresa tenga una antigüedad inferior a doce meses, en cuyo caso deberá referirse desde
que se produjo el alta en la Seguridad Social.
2. L
 a Dirección General con competencias en materia de digitalización regional, recabará
de oficio los certificados o información que a continuación se indican con el fin de realizar las consultas y comprobaciones oportunas, siempre que conste autorización expresa
marcando con una x el apartado correspondiente en el modelo normalizado que acompañe la convocatoria debiendo, en caso contrario, presentar la documentación que se
relaciona a continuación:
2.1. Certificado que acredite que la empresa solicitante de la ayuda se encuentra al
corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda del Estado.
2.2. Certificado que acredite que la empresa solicitante de la ayuda se encuentra al
corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social.
2.3. Certificado que acredite que la empresa solicitante de la ayuda no tiene deudas con
la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura.