Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024064041)
Resolución de 4 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de cambio de uso de terreno forestal a agrícola para plantación de olivar de secano sobre 29,4161 ha en la finca "Rabogato", ubicado en el término municipal de Ribera del Fresno, promovido por Pedro González Fernández. Expte.: IA22/1298.
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NÚMERO 245
Jueves 19 de diciembre de 2024
64224
C
oncluye el informe condicionando la implantación del proyecto al estricto cumplimiento
de las medidas preventivas señaladas con anterioridad y a la asunción de las mismas por
parte de la entidad promotora.
3. C
on fecha 16 de abril de 2023, la Confederación Hidrográfica del Guadiana emite informe en cuanto a afección al régimen y aprovechamiento de las aguas continentales o a
los usos permitidos en terrenos de dominio público hidráulico (DPH), en sus zonas de
servidumbre, policía y zonas inundables, en el que indica que la zona de actuación se
ubica en zona de servidumbre y/o policía de Regato de las Cabezas, que constituye el
DPH del Estado, definido en el artículo 2 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de
julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas (TRLA).
Imagen 4. Red hidrográfica y zona de policía en zona de actuación. (Fuente: Informe Confederación Hidrográfica
del Guadiana).
De acuerdo con los artículos 6 y 7 del Reglamento del DPH, aprobado por el RD
849/1986, de 11 de abril, los terrenos (márgenes) que lindan con los cauces, están
sujetos en toda su extensión longitudinal a:
— Una zona de servidumbre de 5 metros de anchura para uso público, con los siguientes fines: protección del ecosistema fluvial y del DPH; paso público peatonal, vigi-
Jueves 19 de diciembre de 2024
64224
C
oncluye el informe condicionando la implantación del proyecto al estricto cumplimiento
de las medidas preventivas señaladas con anterioridad y a la asunción de las mismas por
parte de la entidad promotora.
3. C
on fecha 16 de abril de 2023, la Confederación Hidrográfica del Guadiana emite informe en cuanto a afección al régimen y aprovechamiento de las aguas continentales o a
los usos permitidos en terrenos de dominio público hidráulico (DPH), en sus zonas de
servidumbre, policía y zonas inundables, en el que indica que la zona de actuación se
ubica en zona de servidumbre y/o policía de Regato de las Cabezas, que constituye el
DPH del Estado, definido en el artículo 2 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de
julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas (TRLA).
Imagen 4. Red hidrográfica y zona de policía en zona de actuación. (Fuente: Informe Confederación Hidrográfica
del Guadiana).
De acuerdo con los artículos 6 y 7 del Reglamento del DPH, aprobado por el RD
849/1986, de 11 de abril, los terrenos (márgenes) que lindan con los cauces, están
sujetos en toda su extensión longitudinal a:
— Una zona de servidumbre de 5 metros de anchura para uso público, con los siguientes fines: protección del ecosistema fluvial y del DPH; paso público peatonal, vigi-