Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024064041)
Resolución de 4 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de cambio de uso de terreno forestal a agrícola para plantación de olivar de secano sobre 29,4161 ha en la finca "Rabogato", ubicado en el término municipal de Ribera del Fresno, promovido por Pedro González Fernández. Expte.: IA22/1298.
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NÚMERO 245
Jueves 19 de diciembre de 2024
64226
En cuanto a los valores ambientales cabe destacar que la zona es área de reproducción
y alimentación de Cernícalo primilla, especie catalogada como “sensible a la alteración
de su hábitat”, es por ello que desde ese Servicio se establece que el polígono 58, parcela 4 debe mantenerse como zona de reserva, realizando fertilización de los pastos
existentes.
Imagen 5. Zona de reserva. (Fuente: Informe del Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas).
Finaliza informando favorablemente la actividad solicitada, ya que no es susceptible de
afectar de forma apreciable a los lugares incluidos en la Red Natura 2000, siempre que
se cumplan una serie de medidas, las cuales han sido incorporadas al presente informe
técnico.
5. C
on fecha 8 de junio de 2023, el Servicio de Ordenación y Gestión Forestal emite informe forestal relativo al proyecto. Comienza el informe indicando que el artículo 40 de
la Ley de Montes indica que el cambio de uso forestal de un monte requiere informe
favorable del órgano Forestal competente. El artículo 266 de la Ley Agraria de Extremadura incorpora dicho requerimiento en la tramitación de los cambios de uso a realizar
en la Comunidad Autónoma. El Decreto 57/2018, que regula los cambios de uso de
suelo forestal a cultivos agrícolas en Extremadura indica que siempre que se pretenda
implantar un cultivo agrícola permanente sobre un terreno donde exista arbolado forestal será necesario obtener autorización administrativa. Y también en pastizales y/o
Jueves 19 de diciembre de 2024
64226
En cuanto a los valores ambientales cabe destacar que la zona es área de reproducción
y alimentación de Cernícalo primilla, especie catalogada como “sensible a la alteración
de su hábitat”, es por ello que desde ese Servicio se establece que el polígono 58, parcela 4 debe mantenerse como zona de reserva, realizando fertilización de los pastos
existentes.
Imagen 5. Zona de reserva. (Fuente: Informe del Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas).
Finaliza informando favorablemente la actividad solicitada, ya que no es susceptible de
afectar de forma apreciable a los lugares incluidos en la Red Natura 2000, siempre que
se cumplan una serie de medidas, las cuales han sido incorporadas al presente informe
técnico.
5. C
on fecha 8 de junio de 2023, el Servicio de Ordenación y Gestión Forestal emite informe forestal relativo al proyecto. Comienza el informe indicando que el artículo 40 de
la Ley de Montes indica que el cambio de uso forestal de un monte requiere informe
favorable del órgano Forestal competente. El artículo 266 de la Ley Agraria de Extremadura incorpora dicho requerimiento en la tramitación de los cambios de uso a realizar
en la Comunidad Autónoma. El Decreto 57/2018, que regula los cambios de uso de
suelo forestal a cultivos agrícolas en Extremadura indica que siempre que se pretenda
implantar un cultivo agrícola permanente sobre un terreno donde exista arbolado forestal será necesario obtener autorización administrativa. Y también en pastizales y/o