Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024064040)
Resolución de 4 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de plantación de almendros y transformación a regadío en una superficie de 59,65 hectáreas, en las parcelas 6 y 222 del polígono 4, del término municipal de Quintana de la Serena (Badajoz). Expte.: IA21/1613.
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NÚMERO 245
Jueves 19 de diciembre de 2024
64186
4. C
aseta de riego.
Se construirá una caseta en la cual se ubicarán los elementos que componen el cabezal de riego (equipo de filtrado, abonado, programador, etc).. Esta caseta tendrá
una superficie de 12,00 m2 (3,00x4,00 m) y se realizará mediante fábrica de bloques
y cubierta de chapa prelacada. En ella también se ubicará el caudalímetro electromagnético necesarios en la instalación.
5. I nstalaciones auxiliares.
Los elementos accesorios de la instalación de riego proyectada, necesarios para el
correcto funcionamiento del sistema de riego, son reguladores de presión, ventosas,
equipo de filtrado, equipo de fertirrigación, automatismos, contador volumétrico,
etc.
6. S
uministro eléctrico.
Como fuente de energía para el sistema de riego, se establecerá un grupo electrógeno de 60 kVA. Dicho equipo se ubica en la caseta proyectada y se tratará de un elemento compacto que incluye tanto motor como depósito de combustible, facilitando
el llenado e impidiendo cualquier tipo de peligro, avería o fuga.
En cuanto a la fase de explotación, según el EsIA, se regará la plantación de almendros los meses más críticos del año (de abril a septiembre) en los cuales las
precipitaciones son escasas. El caudal total que proporcionan las dos captaciones es
de 17,00 l/s, y el volumen total a extraer es de 93.464,80 m3/año, aplicando riegos
deficitarios, por debajo de las necesidades teóricas.
Asimismo, en el EsIA se indica que se realizará un laboreo mínimo, permitiendo la
proliferación de una cubierta vegetal herbácea, siendo ésta eliminada entre los meses de abril y mayo. En cuanto a la fertilización, los productos se aplicarán a través
del sistema de riego por goteo, aplicando la mínima cantidad recomendada. En cuanto a los tratamientos fitosanitarios, se llevará a cabo un control integrado de plagas
(mediante medios físicos, químicos y biológicos).
B. R
esumen del resultado del trámite de información pública y consultas a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas.
B.1. Trámite de información pública.
Según lo establecido en el artículo 66 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Dirección General de Sostenibilidad, como órgano ambiental, realizó la información pública del EsIA mediante anuncio
que se publicó en el DOE n.º 167, de 30 de agosto de 2022.
Jueves 19 de diciembre de 2024
64186
4. C
aseta de riego.
Se construirá una caseta en la cual se ubicarán los elementos que componen el cabezal de riego (equipo de filtrado, abonado, programador, etc).. Esta caseta tendrá
una superficie de 12,00 m2 (3,00x4,00 m) y se realizará mediante fábrica de bloques
y cubierta de chapa prelacada. En ella también se ubicará el caudalímetro electromagnético necesarios en la instalación.
5. I nstalaciones auxiliares.
Los elementos accesorios de la instalación de riego proyectada, necesarios para el
correcto funcionamiento del sistema de riego, son reguladores de presión, ventosas,
equipo de filtrado, equipo de fertirrigación, automatismos, contador volumétrico,
etc.
6. S
uministro eléctrico.
Como fuente de energía para el sistema de riego, se establecerá un grupo electrógeno de 60 kVA. Dicho equipo se ubica en la caseta proyectada y se tratará de un elemento compacto que incluye tanto motor como depósito de combustible, facilitando
el llenado e impidiendo cualquier tipo de peligro, avería o fuga.
En cuanto a la fase de explotación, según el EsIA, se regará la plantación de almendros los meses más críticos del año (de abril a septiembre) en los cuales las
precipitaciones son escasas. El caudal total que proporcionan las dos captaciones es
de 17,00 l/s, y el volumen total a extraer es de 93.464,80 m3/año, aplicando riegos
deficitarios, por debajo de las necesidades teóricas.
Asimismo, en el EsIA se indica que se realizará un laboreo mínimo, permitiendo la
proliferación de una cubierta vegetal herbácea, siendo ésta eliminada entre los meses de abril y mayo. En cuanto a la fertilización, los productos se aplicarán a través
del sistema de riego por goteo, aplicando la mínima cantidad recomendada. En cuanto a los tratamientos fitosanitarios, se llevará a cabo un control integrado de plagas
(mediante medios físicos, químicos y biológicos).
B. R
esumen del resultado del trámite de información pública y consultas a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas.
B.1. Trámite de información pública.
Según lo establecido en el artículo 66 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Dirección General de Sostenibilidad, como órgano ambiental, realizó la información pública del EsIA mediante anuncio
que se publicó en el DOE n.º 167, de 30 de agosto de 2022.