Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Plan De Formación De La Escuela De Administración Pública. (2024050197)
Orden de 16 de diciembre de 2024 por la que se aprueba el Plan de Formación para el año 2025 de la Escuela de Administración Pública de Extremadura.
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NÚMERO 245
63754
Jueves 19 de diciembre de 2024
Artículo 11. Norma final.
Contra la presente orden, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán
interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Consejería de Hacienda y
Administración Pública en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, o bien, interponer directamente recurso contenciosoadministrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a
contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura. En caso
de interponer recurso de reposición, no se podrá impugnar en vía contencioso-administrativa
la presente orden, hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta de aquél. Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su caso, cualquier otro
recurso que estimen procedente.
Mérida, 16 de diciembre de 2024.
La Consejera de Hacienda y
Administración Pública,
ELENA MANZANO SILVA
63754
Jueves 19 de diciembre de 2024
Artículo 11. Norma final.
Contra la presente orden, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán
interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Consejería de Hacienda y
Administración Pública en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, o bien, interponer directamente recurso contenciosoadministrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a
contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura. En caso
de interponer recurso de reposición, no se podrá impugnar en vía contencioso-administrativa
la presente orden, hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta de aquél. Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su caso, cualquier otro
recurso que estimen procedente.
Mérida, 16 de diciembre de 2024.
La Consejera de Hacienda y
Administración Pública,
ELENA MANZANO SILVA