Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Educación. Ayudas. (2024063923)
Resolución de 25 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convocan ayudas individualizadas de transporte y/o comedor escolar para el alumnado participante en los Programas de Éxito Educativo o en los Programas de Refuerzo, Orientación y Apoyo que se desarrollen en horario de tarde, en centros educativos sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso escolar 2024/2025.
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NÚMERO 244
63522
Miércoles 18 de diciembre de 2024
Decimonoveno. Efectos.
La presente resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación y la del
extracto, al que se refiere el artículo 20.8.a) Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, en el Diario Oficial de Extremadura.
Vigésimo. Recursos.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrán las personas interesadas interponer recurso de alzada ante el órgano que la dicta o ante el titular de la consejería
con competencia en materia de educación en el plazo de un mes contados desde el día siguiente a su notificación, siendo competente para su resolución este último, de conformidad
con el artículo 101 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo
ello, sin perjuicio de que las personas interesadas puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro
recurso que estimen procedente.
Mérida, 25 de noviembre de 2024.
El Director General de Formacion
Profesional, Innovación e Inclusión
Educativa,
(PD, Resolución de 6 de noviembre de
2024, de la Secretaría General,
DOE núm. 217, de 7 de noviembre),
PEDRO ANTONIO PÉREZ DURÁN
63522
Miércoles 18 de diciembre de 2024
Decimonoveno. Efectos.
La presente resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación y la del
extracto, al que se refiere el artículo 20.8.a) Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, en el Diario Oficial de Extremadura.
Vigésimo. Recursos.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrán las personas interesadas interponer recurso de alzada ante el órgano que la dicta o ante el titular de la consejería
con competencia en materia de educación en el plazo de un mes contados desde el día siguiente a su notificación, siendo competente para su resolución este último, de conformidad
con el artículo 101 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo
ello, sin perjuicio de que las personas interesadas puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro
recurso que estimen procedente.
Mérida, 25 de noviembre de 2024.
El Director General de Formacion
Profesional, Innovación e Inclusión
Educativa,
(PD, Resolución de 6 de noviembre de
2024, de la Secretaría General,
DOE núm. 217, de 7 de noviembre),
PEDRO ANTONIO PÉREZ DURÁN