Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Admisión Del Alumnado. (2024064047)
Resolución de 11 de diciembre de 2024, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, por la que se convoca el procedimiento para la admisión del alumnado de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso escolar 2025/2026.
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NÚMERO 244
Miércoles 18 de diciembre de 2024

63551

ANEXO I
CALENDARIO DE LOS PROCEDIMIENTOS DE ADMISIÓN PARA EL CURSO 2025/2026
Plazo para que las Delegaciones Provinciales de Educación constituyan y remitan a la Secretaría General
Antes del 17 de
de Educación y Formación Profesional, las comisiones de escolarización de Educación Infantil, Primaria,
enero de 2025
Secundaria y Provincial.
21 de febrero a las Sorteo público para resolver las posibles situaciones de empate que subsistan tras la aplicación de los
11:00 horas de criterios de admisión en la Sala de usos Múltiples de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación
2025
Profesional ubicada en la Avda. Valhondo s/n, planta baja, Edificio “Mérida III Milenio”, en Mérida.
PROCEDIMIENTO PARA SOLICITUD DE MEDIDAS EXTRAORDINARIAS Y EXCEPCIONALES DE ESCOLARIZACIÓN
Último día para remitir a la Inspección Educativa correspondiente, el expediente con la documentación
original para solicitar las siguientes medidas extraordinarias y excepcionales de escolarización recogidas
en los artículos 13 y 14 de la Orden de 3 de enero de 2022:
13.3.d. Escolarización en centro de educación especial o aula abierta especializada en centro ordinario
en las etapas de Educación Primaria o Secundaria para alumnado con necesidades educativas especiales.
13.3.e. Escolarización combinada entre centro ordinario y centro de educación especial en las etapas
de Educación Primaria o Secundaria para alumnado con necesidades educativas especiales.
14 de marzo de 13.3.f. Escolarización en centro ordinario con recurso de aula especializada para el alumnado con
2025
trastorno del espectro del autismo en las etapas de Educación Primaria o Secundaria en las etapas de
Educación Primaria o Secundaria para alumnado con necesidades educativas especiales.
14.2.b. Escolarización en centros de educación especial o en aula abierta especializada en la etapa de
Educación Infantil para alumnado con necesidades educativas especiales.
14.2.d. Escolarización combinada entre centro ordinario y centro de educación especial para
alumnado con necesidades educativas especiales en la etapa de Educación Infantil.
14.2.e. Escolarización en centro ordinario con recurso de aula especializada para el alumnado con
trastorno del espectro del autismo en la etapa de Educación Infantil.
Último día para que la Inspección educativa emita informe sobre la adopción de las siguientes medidas
extraordinarias y excepcionales recogidas en los artículos 13 y 14 de la Orden de 3 de enero de 2022 y
15 de abril de
remitir dicho informe junto el expediente con los documentos originales al Servicio de Inclusión y
2025
Atención a la Diversidad de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional: 13.3.d.; 13.3.e.;
13.3.f.; 14.2.b.; 14.2.d.; 14.2.e.
Último día para remitir a la Inspección Educativa correspondiente el expediente con la documentación
original para solicitar las siguientes medidas extraordinarias y excepcionales de escolarización recogidas
en los artículos 13 y 14 de la Orden de 3 de enero de 2022:
13.3.h. Prolongación de un año en la escolarización del alumnado con necesidades educativas
especiales en las etapas de Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria en centros ordinarios,
13.3.i. Fraccionamiento de las enseñanzas de Bachillerato para el alumnado con necesidades
educativas especiales asociadas a problemas graves de audición, visión, motricidad, alumnado con
necesidades educativas que presenta trastorno del espectro del autismo y alumnado con vulnerabilidad
asociada a problemas graves de salud.
14.2.a. Permanencia de un curso más en la etapa de Educación Infantil para alumnado con necesidades
educativas especiales.
31 de marzo de
14.2.c. Escolarización del alumnado con necesidades educativas especiales a un curso inferior al que
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le corresponda por edad en el segundo ciclo de la etapa de Educación Infantil, para alumnado no
procedente de escuelas infantiles dependientes de la consejería competente en materia de educación o
para alumnado sin escolarizar con anterioridad.
14.2.g. Permanencia hasta los 16 años, a cumplir en el año natural de inicio del curso, en centros
ordinarios de Educación Infantil y Primaria para el alumnado que presente necesidades educativas
especiales escolarizado en aula abierta especializada.
14.2.h. Flexibilización del periodo de escolarización para alumnado con necesidad específica de apoyo
educativo derivada de altas capacidades intelectuales.
14.2.i. Escolarización del alumnado con condiciones de desarrollo en las que la edad madurativa no
se corresponda con la edad biológica, a un curso inferior al que le corresponda por edad en el segundo
ciclo de la etapa de educación infantil.
Último día para que la Inspección Educativa emita informe sobre la adopción de las siguientes medidas
30 de abril de
extraordinarias y excepcionales de escolarización recogidas en los artículos 13 y 14 de la Orden de 3 de
2025
enero de 2022 y remitir dicho informe junto el expediente con los documentos originales al Servicio de