Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Admisión Del Alumnado. (2024064047)
Resolución de 11 de diciembre de 2024, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, por la que se convoca el procedimiento para la admisión del alumnado de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso escolar 2025/2026.
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NÚMERO 244
Miércoles 18 de diciembre de 2024
63544
y en caso de empate, el procedimiento de desempate establecido en el artículo 11 del Decreto 128/2021, de 17 de noviembre, de forma que se asignará a cada persona solicitante
una puntuación referida a cada uno de los centros por los que ha optado.
2. Cuando el número de solicitantes para ocupar una plaza escolar en un centro docente
sostenido con fondos públicos sea superior al de vacantes existentes, las solicitudes de
admisión se ordenarán según la puntuación total obtenida por la valoración de los criterios
de admisión que se incorpora como anexo VII de la presente resolución.
Decimosexto. Sorteo público.
En cumplimiento del artículo 36 de la Orden de 3 de enero de 2022, se realizará el sorteo
público el día 21 de febrero de 2025, a las 11:00 horas en la Sala de usos Múltiples de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional ubicada en la avenida Valhondo, s/n,
planta baja, Edificio “Mérida III Milenio”, en Mérida. En dicho sorteo se determinará las tres
letras del alfabeto y el orden, ascendente o descendente, que se aplicarán para cada apellido
y nombre del alumnado y que servirá como criterio de desempate, de acuerdo con lo previsto
en el artículo 12, apartado 1.8, del Decreto 128/2021, de 17 de noviembre. Asimismo, este
sorteo será de aplicación para ordenar las solicitudes que haya que reubicar.
A los efectos únicos del sorteo previsto en la presente resolución se entiende como orden
ascendente, el orden natural del alfabeto desde la letra “a” hasta la “z” y orden descendente
desde la letra “z” hasta la “a”.
Decimoséptimo. Adjudicación de plazas.
1. L
as listas provisionales de puntuaciones y definitivas de admitidos y no admitidos se publicarán en la página web del correspondiente centro educativo, siempre que el acceso sea
restringido a los interesados, en su tablón de anuncios y en el de las oficinas de escolarización. Los tablones de anuncios estarán sujetos a las restricciones que se indican en la
disposición adicional primera del Decreto 128/2021, de 17 de noviembre.
Asimismo, las personas interesadas podrán acceder a la información a la que se refiere el
apartado anterior a través de la plataforma informática de gestión educativa Rayuela en
el marco de la normativa de protección de datos de carácter personal a que se refiere la
disposición adicional primera del Decreto 128/2021, de 17 de noviembre.
La publicación de estos listados por cualquiera de las vías producirá los efectos de notificación a las personas interesadas y deberá permanecer expuesta en el tablón de anuncios
del centro correspondiente hasta la terminación del plazo de presentación de recursos y
reclamaciones.
Miércoles 18 de diciembre de 2024
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y en caso de empate, el procedimiento de desempate establecido en el artículo 11 del Decreto 128/2021, de 17 de noviembre, de forma que se asignará a cada persona solicitante
una puntuación referida a cada uno de los centros por los que ha optado.
2. Cuando el número de solicitantes para ocupar una plaza escolar en un centro docente
sostenido con fondos públicos sea superior al de vacantes existentes, las solicitudes de
admisión se ordenarán según la puntuación total obtenida por la valoración de los criterios
de admisión que se incorpora como anexo VII de la presente resolución.
Decimosexto. Sorteo público.
En cumplimiento del artículo 36 de la Orden de 3 de enero de 2022, se realizará el sorteo
público el día 21 de febrero de 2025, a las 11:00 horas en la Sala de usos Múltiples de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional ubicada en la avenida Valhondo, s/n,
planta baja, Edificio “Mérida III Milenio”, en Mérida. En dicho sorteo se determinará las tres
letras del alfabeto y el orden, ascendente o descendente, que se aplicarán para cada apellido
y nombre del alumnado y que servirá como criterio de desempate, de acuerdo con lo previsto
en el artículo 12, apartado 1.8, del Decreto 128/2021, de 17 de noviembre. Asimismo, este
sorteo será de aplicación para ordenar las solicitudes que haya que reubicar.
A los efectos únicos del sorteo previsto en la presente resolución se entiende como orden
ascendente, el orden natural del alfabeto desde la letra “a” hasta la “z” y orden descendente
desde la letra “z” hasta la “a”.
Decimoséptimo. Adjudicación de plazas.
1. L
as listas provisionales de puntuaciones y definitivas de admitidos y no admitidos se publicarán en la página web del correspondiente centro educativo, siempre que el acceso sea
restringido a los interesados, en su tablón de anuncios y en el de las oficinas de escolarización. Los tablones de anuncios estarán sujetos a las restricciones que se indican en la
disposición adicional primera del Decreto 128/2021, de 17 de noviembre.
Asimismo, las personas interesadas podrán acceder a la información a la que se refiere el
apartado anterior a través de la plataforma informática de gestión educativa Rayuela en
el marco de la normativa de protección de datos de carácter personal a que se refiere la
disposición adicional primera del Decreto 128/2021, de 17 de noviembre.
La publicación de estos listados por cualquiera de las vías producirá los efectos de notificación a las personas interesadas y deberá permanecer expuesta en el tablón de anuncios
del centro correspondiente hasta la terminación del plazo de presentación de recursos y
reclamaciones.