Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Admisión Del Alumnado. (2024064047)
Resolución de 11 de diciembre de 2024, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, por la que se convoca el procedimiento para la admisión del alumnado de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso escolar 2025/2026.
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NÚMERO 244
Miércoles 18 de diciembre de 2024

63540

Formación Profesional se deberá presentar, como documentación acreditativa, un informe
de los servicios sociales y/o copia de la sentencia judicial u otra documentación que justifique dicha urgencia y la documentación necesaria correspondiente a la que se refiere los
apartados anteriores durante la vigencia del curso escolar.
Décimo. Presentación de solicitudes de manera telemática.
1. La persona solicitante que vaya a participar en el procedimiento general de admisión, en
el específico de adscripción del alumnado o solicite la admisión fuera de los plazos establecidos en Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y
Bachillerato, o por la vía de urgencia social en las Escuelas Infantiles dependientes de la
Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional presentará, preferentemente, su
solicitud de forma telemática.
Para ello, se tendrá en cuenta lo siguiente:
La solicitud se realizará a través de la dirección https://rayuela.educarex.es/ de la plataforma informática de gestión educativa Rayuela, mediante identificación y firma a través de:
a) Certificados digitales reconocidos.
b) DNI electrónico.
c) Claves de acceso a la plataforma informática de gestión educativa Rayuela. Si una persona usuaria necesita recuperar sus claves de acceso al programa puede hacerlo personándose en su centro educativo o de forma “online” a través de la plataforma Rayuela
(https://rayuela.educarex.es opción “olvidé mis contraseñas”) si en ella consta un “email” actualizado. Asimismo, aquella persona no usuaria de Rayuela y que no disponga
de dichas claves de acceso podrá solicitarla en cualquier centro educativo.
2. L
 a aportación de la documentación necesaria a la que se refiere el resuelvo noveno y que
no se incorporen de oficio, deberá presentarse, de manera telemática, en el apartado habilitado para ello dentro de la plataforma informática de gestión educativa Rayuela
https://rayuela.educarex.es/ . En el caso de que la aportación de esta documentación no
sea posible, deberá ser entregada en el centro educativo junto con la solicitud.
3. A
 l finalizar la tramitación telemática, la plataforma informática de gestión educativa Rayuela emitirá un recibo justificativo de la presentación de la solicitud que incluirá la fecha y
hora de presentación, los datos relevantes de la solicitud y, en su caso, la enumeración de
los apartados del baremo por los que se solicita puntuación.