Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Admisión Del Alumnado. (2024064047)
Resolución de 11 de diciembre de 2024, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, por la que se convoca el procedimiento para la admisión del alumnado de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso escolar 2025/2026.
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NÚMERO 244
Miércoles 18 de diciembre de 2024
63530
RESOLUCIÓN de 11 de diciembre de 2024, de la Secretaría General de
Educación y Formación Profesional, por la que se convoca el procedimiento
para la admisión del alumnado de Educación Infantil, Educación Primaria,
Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en centros docentes
sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Extremadura
para el curso escolar 2025/2026. (2024064047)
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, dispone en el artículo 84.1 que las Administraciones educativas regularán la admisión de alumnos y alumnas en centros públicos y
privados concertados de tal forma que garantice el derecho a la educación, el acceso en condiciones de igualdad y la libertad de elección de centro por padres, madres o tutores legales.
En el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura se aprobó el Decreto 128/2021, de
17 de noviembre, por el que se regula la admisión del alumnado de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en centros docentes sostenidos
con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Extremadura, desarrollando lo previsto en
el artículo 84 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
El artículo 7 apartado 8 de dicho decreto establece que, la Secretaría General de Educación
y Formación Profesional, mediante resolución que será publicada en el Diario Oficial de
Extremadura, convocará el procedimiento anual de escolarización, estableciendo los modelos
normalizados de solicitud, el plazo y lugares de presentación, así como otros aspectos del
procedimiento y el plazo para dictar y hacer pública la relación de alumnado admitido y no
admitido.
En desarrollo del citado decreto se dictó la Orden de 3 de enero de 2022 de la Consejería de
Educación y Empleo por la que se desarrolla el procedimiento para la admisión del alumnado
de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, en
centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Extremadura
(DOE núm. 4, de 7 de enero),
En virtud de todo lo anterior y con base en las competencias conferidas por el artículo 59 de
la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
Primero. Convocatoria del procedimiento y régimen jurídico aplicable.
1. Se convoca el procedimiento de admisión de alumnado en centros docentes sostenidos con
fondos públicos de las enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación
Miércoles 18 de diciembre de 2024
63530
RESOLUCIÓN de 11 de diciembre de 2024, de la Secretaría General de
Educación y Formación Profesional, por la que se convoca el procedimiento
para la admisión del alumnado de Educación Infantil, Educación Primaria,
Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en centros docentes
sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Extremadura
para el curso escolar 2025/2026. (2024064047)
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, dispone en el artículo 84.1 que las Administraciones educativas regularán la admisión de alumnos y alumnas en centros públicos y
privados concertados de tal forma que garantice el derecho a la educación, el acceso en condiciones de igualdad y la libertad de elección de centro por padres, madres o tutores legales.
En el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura se aprobó el Decreto 128/2021, de
17 de noviembre, por el que se regula la admisión del alumnado de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en centros docentes sostenidos
con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Extremadura, desarrollando lo previsto en
el artículo 84 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
El artículo 7 apartado 8 de dicho decreto establece que, la Secretaría General de Educación
y Formación Profesional, mediante resolución que será publicada en el Diario Oficial de
Extremadura, convocará el procedimiento anual de escolarización, estableciendo los modelos
normalizados de solicitud, el plazo y lugares de presentación, así como otros aspectos del
procedimiento y el plazo para dictar y hacer pública la relación de alumnado admitido y no
admitido.
En desarrollo del citado decreto se dictó la Orden de 3 de enero de 2022 de la Consejería de
Educación y Empleo por la que se desarrolla el procedimiento para la admisión del alumnado
de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, en
centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Extremadura
(DOE núm. 4, de 7 de enero),
En virtud de todo lo anterior y con base en las competencias conferidas por el artículo 59 de
la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
Primero. Convocatoria del procedimiento y régimen jurídico aplicable.
1. Se convoca el procedimiento de admisión de alumnado en centros docentes sostenidos con
fondos públicos de las enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación