Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Información Pública. (2024081940)
Anuncio de 20 de noviembre de 2024 por el que se somete a información pública el estudio de impacto ambiental del proyecto de mejora de regadío en 46,11 ha con riego por goteo de olivar superintensivo, en el término municipal de Navalvillar de Pela (Badajoz). Expte.: IA24/0740.
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NÚMERO 244
Miércoles 18 de diciembre de 2024
63632
ANUNCIO de 20 de noviembre de 2024 por el que se somete a información
pública el estudio de impacto ambiental del proyecto de mejora de regadío
en 46,11 ha con riego por goteo de olivar superintensivo, en el término
municipal de Navalvillar de Pela (Badajoz). Expte.: IA24/0740. (2024081940)
Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de
protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se comunica al público en
general que el estudio de impacto ambiental del proyecto de mejora de regadío en 46,11 ha
con riego por goteo de olivar superintensivo en el término municipal de Navalvillar de Pela
(Badajoz), podrá ser examinado, durante un plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, en la sede electrónica del órgano ambiental:
http://extremambiente.juntaex.es/EvaluacióndeImpactoAmbientaldeProyectos/EvaluaciónAmbientalOrdinaria/ .
Durante dicho plazo, las personas físicas o jurídicas podrán presentar las sugerencias y alegaciones que estimen pertinentes, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7 del
Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único
y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, o en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, dirigidas al Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio
Climático de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería
y Desarrollo Sostenible.
Dicho proyecto se encuentra sujeto a evaluación de impacto ambiental ordinaria al estar incluido anexo I grupo 9 apartado a) punto 3.º, del Real Decreto 445/2023, de 13 de junio, por
el que se modifican los anexos I, II y III de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación
ambiental.
El proyecto consiste en la Mejora de regadío en 46,11 ha, con riego por goteo, de olivar superintensivo, con un marco de plantación de 4 x 1,35 m, en unos terrenos dedicados a TA según
SIGPAC, donde previamente se ha estado cultivando arroz, situados en las parcelas 23 y 47
del polígono 6, y las parcelas 12 y 173 del polígono 7 del término municipal de Navalvillar de
Pela (Badajoz), estando incluidos en el espacio de la Red Natura 2000 Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) “Vegas del Ruecas, Cubilar y Moheda Alta”.
El agua necesaria para el riego de la zona de actuación planteada provendrá de una concesión
de superficiales, que provendrán de una toma directa del Sector V-2 al pertenecer a la Zona
Regable Oficial “Zona Centro”.
Miércoles 18 de diciembre de 2024
63632
ANUNCIO de 20 de noviembre de 2024 por el que se somete a información
pública el estudio de impacto ambiental del proyecto de mejora de regadío
en 46,11 ha con riego por goteo de olivar superintensivo, en el término
municipal de Navalvillar de Pela (Badajoz). Expte.: IA24/0740. (2024081940)
Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de
protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se comunica al público en
general que el estudio de impacto ambiental del proyecto de mejora de regadío en 46,11 ha
con riego por goteo de olivar superintensivo en el término municipal de Navalvillar de Pela
(Badajoz), podrá ser examinado, durante un plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, en la sede electrónica del órgano ambiental:
http://extremambiente.juntaex.es/EvaluacióndeImpactoAmbientaldeProyectos/EvaluaciónAmbientalOrdinaria/ .
Durante dicho plazo, las personas físicas o jurídicas podrán presentar las sugerencias y alegaciones que estimen pertinentes, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7 del
Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único
y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, o en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, dirigidas al Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio
Climático de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería
y Desarrollo Sostenible.
Dicho proyecto se encuentra sujeto a evaluación de impacto ambiental ordinaria al estar incluido anexo I grupo 9 apartado a) punto 3.º, del Real Decreto 445/2023, de 13 de junio, por
el que se modifican los anexos I, II y III de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación
ambiental.
El proyecto consiste en la Mejora de regadío en 46,11 ha, con riego por goteo, de olivar superintensivo, con un marco de plantación de 4 x 1,35 m, en unos terrenos dedicados a TA según
SIGPAC, donde previamente se ha estado cultivando arroz, situados en las parcelas 23 y 47
del polígono 6, y las parcelas 12 y 173 del polígono 7 del término municipal de Navalvillar de
Pela (Badajoz), estando incluidos en el espacio de la Red Natura 2000 Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) “Vegas del Ruecas, Cubilar y Moheda Alta”.
El agua necesaria para el riego de la zona de actuación planteada provendrá de una concesión
de superficiales, que provendrán de una toma directa del Sector V-2 al pertenecer a la Zona
Regable Oficial “Zona Centro”.