Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Planeamiento. (2024AC0104)
Acuerdo de 25 de julio de 2024, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva de la modificación puntual n.º 01/2022 del Plan General Municipal de Madrigal de la Vera para la reclasificación de suelo no urbanizable a suelo urbano de uso dotacional público de terrenos situados al sur del casco urbano, donde existen unas instalaciones deportivas municipales (parcelas 98 y 99 del polígono 2).
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NÚMERO 244
Miércoles 18 de diciembre de 2024
63620
ACUERDO de 25 de julio de 2024, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación
del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva de la modificación
puntual n.º 01/2022 del Plan General Municipal de Madrigal de la Vera para
la reclasificación de suelo no urbanizable a suelo urbano de uso dotacional
público de terrenos situados al sur del casco urbano, donde existen unas
instalaciones deportivas municipales (parcelas 98 y 99 del polígono 2).
(2024AC0104)
La Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura (CUOTEX), en sesión
celebrada el 25/07/2024, adoptó el siguiente acuerdo:
I. Antecedentes.
El asunto de referencia se aprobó inicialmente en sesión del Pleno municipal de 30/11/2023
y, una vez sometido a información pública mediante publicación en el Diario Oficial de
Extremadura de 17/01/2024 y en sede electrónica, sin haberse presentado alegaciones
según certificado de la Secretaría municipal, se aprobó provisionalmente el 10/05/2024.
La Comisión de Coordinación Intersectorial emitió el informe de coordinación intersectorial
sobre el expediente en su sesión de 21/03/2024.
Consta su sometimiento al procedimiento de evaluación ambiental previsto en la Ley
16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que ha dado como resultado la formulación del informe ambiental estratégico el
13/03/2023.
Tras el anterior acuerdo de la CUOTEX de 30/05/2024, que dejó en suspenso la aprobación
definitiva, el Ayuntamiento remite una nueva propuesta técnica.
II. Competencia.
Al no disponer Madrigal de la Vera de un plan general municipal adaptado a las determinaciones de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística
sostenible de Extremadura (LOTUS), es de aplicación el apartado 3.f de su disposición transitoria segunda que, en la redacción dada por la Ley 3/2022, de 17 de marzo, de medidas
ante el reto demográfico y territorial de Extremadura, establece que le corresponde a la
Comunidad Autónoma la aprobación definitiva de las determinaciones de la ordenación estructural del planeamiento general y las de carácter detallado al municipio. A estos efectos
se entenderá por determinaciones de ordenación estructural y detallada las relacionadas
en el artículo 45 de la LOTUS. Cuando no sea posible deslindar las determinaciones de una
y otra naturaleza, la competencia corresponderá a la Comunidad Autónoma.
Miércoles 18 de diciembre de 2024
63620
ACUERDO de 25 de julio de 2024, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación
del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva de la modificación
puntual n.º 01/2022 del Plan General Municipal de Madrigal de la Vera para
la reclasificación de suelo no urbanizable a suelo urbano de uso dotacional
público de terrenos situados al sur del casco urbano, donde existen unas
instalaciones deportivas municipales (parcelas 98 y 99 del polígono 2).
(2024AC0104)
La Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura (CUOTEX), en sesión
celebrada el 25/07/2024, adoptó el siguiente acuerdo:
I. Antecedentes.
El asunto de referencia se aprobó inicialmente en sesión del Pleno municipal de 30/11/2023
y, una vez sometido a información pública mediante publicación en el Diario Oficial de
Extremadura de 17/01/2024 y en sede electrónica, sin haberse presentado alegaciones
según certificado de la Secretaría municipal, se aprobó provisionalmente el 10/05/2024.
La Comisión de Coordinación Intersectorial emitió el informe de coordinación intersectorial
sobre el expediente en su sesión de 21/03/2024.
Consta su sometimiento al procedimiento de evaluación ambiental previsto en la Ley
16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que ha dado como resultado la formulación del informe ambiental estratégico el
13/03/2023.
Tras el anterior acuerdo de la CUOTEX de 30/05/2024, que dejó en suspenso la aprobación
definitiva, el Ayuntamiento remite una nueva propuesta técnica.
II. Competencia.
Al no disponer Madrigal de la Vera de un plan general municipal adaptado a las determinaciones de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística
sostenible de Extremadura (LOTUS), es de aplicación el apartado 3.f de su disposición transitoria segunda que, en la redacción dada por la Ley 3/2022, de 17 de marzo, de medidas
ante el reto demográfico y territorial de Extremadura, establece que le corresponde a la
Comunidad Autónoma la aprobación definitiva de las determinaciones de la ordenación estructural del planeamiento general y las de carácter detallado al municipio. A estos efectos
se entenderá por determinaciones de ordenación estructural y detallada las relacionadas
en el artículo 45 de la LOTUS. Cuando no sea posible deslindar las determinaciones de una
y otra naturaleza, la competencia corresponderá a la Comunidad Autónoma.