Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Investigación. Ayudas. (2024063924)
Resolución de 25 de noviembre de 2024, de la Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para la ejecución de actuaciones orientadas al desarrollo y mejora de las capacidades científicas y tecnológicas de los Grupos de Investigación de Extremadura pertenecientes al Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación. Línea 3.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 243
Martes 17 de diciembre de 2024
63360
F.6. El color de los caracteres será Reflex Blue, negro o blanco, en función del fondo. L 231/480 ES Diario
Oficial de la Unión Europea 30.6.2021
F.7. El emblema no se modificará ni combinará con ningún otro elemento gráfico o texto. Si se exhiben otros
logotipos junto al emblema, este tendrá como mínimo el mismo tamaño, en altura o en anchura, que el
mayor de los demás logotipos. Aparte del emblema, no se utilizará ninguna otra identidad visual o logotipo
para poner de relieve la ayuda de la Unión.
G) Registrar la información relativa a todas las actuaciones y a cada una de las personas sobre las que se ha
actuado en el repositorio común que, a tal efecto, la Autoridad de Gestión o, en su caso, el OI pondrá a
disposición de los beneficiarios, en la forma que en cada momento señale dicha Autoridad, con el fin de
poder medir el resultado real de las actuaciones y su impacto. En el cumplimiento de esta obligación deberá
respetarse en todo caso lo previsto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales.
H) Aceptar su inclusión en una lista pública de operaciones, que será objeto de publicación electrónica o
por otros medios.
I) Someterse a cualesquiera otras actuaciones de comprobación y control financiero que realice la
Intervención General de la Administración del Estado o de sus Intervenciones Delegadas, el Tribunal de
Cuentas, los órganos de control de la Comisión Europea o el Tribunal de Cuentas Europeo, de acuerdo con
lo establecido en la normativa aplicable a la gestión de las ayudas cofinanciadas con fondos comunitarios,
aportando para ello cuanta información le sea requerida.
J) Se deberán aplicar las normas sobres gastos subvencionables nacionales y europeas. En concreto, las
normas sobre los gastos subvencionables del Programa Operativo del Fondo Europeo de Desarrollo
Regional para el período 2021-2027.
K) Colaborar con la Autoridad de Gestión o, en su caso, el OI, en la elaboración de los informes de ejecución
anual y final correspondientes.
L) Cumplir con los requisitos que en materia de igualdad de oportunidades, medio ambiente e innovación
social se establezcan en el Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de
junio de 2021 y cualesquiera otras normas comunitarias o nacionales.
M) Cumplir con cualquier otro requisito de difusión y publicidad establecidos por la Estrategia
de Comunicación del programa operativo FEDER.
N) Respecto de los costes indirectos se aplicará un 7 % de los costes directos subvencionables.
Martes 17 de diciembre de 2024
63360
F.6. El color de los caracteres será Reflex Blue, negro o blanco, en función del fondo. L 231/480 ES Diario
Oficial de la Unión Europea 30.6.2021
F.7. El emblema no se modificará ni combinará con ningún otro elemento gráfico o texto. Si se exhiben otros
logotipos junto al emblema, este tendrá como mínimo el mismo tamaño, en altura o en anchura, que el
mayor de los demás logotipos. Aparte del emblema, no se utilizará ninguna otra identidad visual o logotipo
para poner de relieve la ayuda de la Unión.
G) Registrar la información relativa a todas las actuaciones y a cada una de las personas sobre las que se ha
actuado en el repositorio común que, a tal efecto, la Autoridad de Gestión o, en su caso, el OI pondrá a
disposición de los beneficiarios, en la forma que en cada momento señale dicha Autoridad, con el fin de
poder medir el resultado real de las actuaciones y su impacto. En el cumplimiento de esta obligación deberá
respetarse en todo caso lo previsto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales.
H) Aceptar su inclusión en una lista pública de operaciones, que será objeto de publicación electrónica o
por otros medios.
I) Someterse a cualesquiera otras actuaciones de comprobación y control financiero que realice la
Intervención General de la Administración del Estado o de sus Intervenciones Delegadas, el Tribunal de
Cuentas, los órganos de control de la Comisión Europea o el Tribunal de Cuentas Europeo, de acuerdo con
lo establecido en la normativa aplicable a la gestión de las ayudas cofinanciadas con fondos comunitarios,
aportando para ello cuanta información le sea requerida.
J) Se deberán aplicar las normas sobres gastos subvencionables nacionales y europeas. En concreto, las
normas sobre los gastos subvencionables del Programa Operativo del Fondo Europeo de Desarrollo
Regional para el período 2021-2027.
K) Colaborar con la Autoridad de Gestión o, en su caso, el OI, en la elaboración de los informes de ejecución
anual y final correspondientes.
L) Cumplir con los requisitos que en materia de igualdad de oportunidades, medio ambiente e innovación
social se establezcan en el Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de
junio de 2021 y cualesquiera otras normas comunitarias o nacionales.
M) Cumplir con cualquier otro requisito de difusión y publicidad establecidos por la Estrategia
de Comunicación del programa operativo FEDER.
N) Respecto de los costes indirectos se aplicará un 7 % de los costes directos subvencionables.