Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Investigación. Ayudas. (2024063924)
Resolución de 25 de noviembre de 2024, de la Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para la ejecución de actuaciones orientadas al desarrollo y mejora de las capacidades científicas y tecnológicas de los Grupos de Investigación de Extremadura pertenecientes al Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación. Línea 3.
35 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 243
Martes 17 de diciembre de 2024

63340

expreso del interesado. En otro caso, el interesado deberá presentar las certificaciones correspondientes, que tendrán validez durante el plazo de seis meses a contar desde la fecha
de expedición, salvo que reglamentariamente se establezca otro plazo.
8. Cumplimentado el formulario de la solicitud en la plataforma https://ayudaspri.juntaex.es , el
sistema generará el documento de la instancia de solicitud de la ayuda, que deberá ser firmado y registrado en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
9. U
 na vez firmada y registrada, la solicitud de la ayuda deberá subirse a la plataforma
https://ayudaspri.juntaex.es , independientemente de su remisión por registro conforme a
lo indicado en el párrafo anterior.
Undécimo. Órgano competente para la ordenación e instrucción del procedimiento.
El órgano competente para la ordenación e instrucción del procedimiento de concesión será el
Servicio de Recursos de la Investigación Científica Pública de la Secretaría General de Ciencia,
Tecnología e Innovación de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional.
Decimosegundo. Criterios de Valoración.
1. S
 e valorará la actividad de transferencia de conocimiento realizada por el grupo o grupos
de investigación participantes, correspondiente a los tres años anteriores al año de publicación de la convocatoria, a fecha de finalización de la presentación de la solicitud. Un mismo
mérito solo podrá ser valorado una vez. No se valorarán los méritos repetidos
2. L
 os criterios para determinar la prelación de las solicitudes serán los siguientes:
a) Captación de Recursos:


i. Se valorarán los recursos captados mediante contratos con empresas obtenidos por
alguno de los investigadores o grupos de investigación y cuya fecha de inicio esté
dentro del periodo de valoración establecido conforme al apartado 1 de este resuelvo.



S
 e otorgarán 3 puntos por cada 6.000 € obtenidos a través de contratos con empresas privadas. Se calculará proporcionalmente la puntuación en los casos de importes
fraccionados.



ii. Patentes registradas. Se otorgarán 4 puntos por patente registrada en explotación.

b) Participación de varios grupos de investigación en el Plan de Transferencia para así
atender la problemática del sector desde diferentes disciplinas. Se otorgarán 5 puntos