Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Comercio Exterior. Ayudas. (2024064033)
Resolución de 3 de diciembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria plurianual de las ayudas para el fomento del empleo especializado en comercio exterior correspondiente al ejercicio 2024-2025.
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NÚMERO 242
Lunes 16 de diciembre de 2024
63101
con lo dispuesto en los artículos 18 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones.
4. D
e igual forma, en las notificaciones de concesión de estas ayudas, se señalará que la
Unión Europea participa en la financiación de las mismas y, en su caso, se indicará la cuantía o el porcentaje de la ayuda aportada por el instrumento comunitario correspondiente.
Asimismo, se informará de que las ayudas se hallan acogidas al régimen de mínimis, sujetándose a lo establecido en el Reglamento (UE) Reglamento 2023/2831 de 13 de diciembre
de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento
de la Unión Europea a las ayudas de mínimis no pudiendo superar la ayuda total de mínimis
la cantidad de 300.000 euros en los tres años previos.
Decimonoveno. Financiación de las ayudas.
La cuantía total de la presente convocatoria, que tendrá el carácter de plurianual, asciende a
360.000 euros, distribuida de la siguiente forma, 0 euros para la anualidad 2024, 144.0000
euros para la anualidad 2025, 120.0000 euros para la anualidad 2026 y 96.000 euros para la
anualidad 2027.
El coste de las ayudas será imputado a la aplicación presupuestaria 14.003 341A 470.00 y
proyecto de gasto 20230035 denominado “Ayudas para el fomento del empleo especializado
en comercio exterior”, con código fondo FS21411A05.
Estas ayudas están sometidas a las disposiciones del Reglamento (UE) 2021/1057 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021 por el que se establece el Fondo Social
Europeo Plus (FSE+), y se encuentran encuadradas en el programa FSE+ Extremadura 20212027, dentro del objetivo específico: “mejorar el acceso al empleo y a medidas de activación
de todos los demandantes de empleo, y en particular de las personas jóvenes, especialmente
a través de la aplicación de la Garantía Juvenil, de los desempleados de larga duración y los
grupos desfavorecidos en el mercado laboral, y de las personas inactivas, así como mediante
la promoción del empleo por cuenta propia y la economía social”, con la cofinanciación del 85
% por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+).
Vigésimo. Eficacia y recursos.
La presente resolución será eficaz al día siguiente de su publicación, junto con el extracto
de la misma previsto en el artículo 20.8.a) de Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, en el Diario Oficial de Extremadura http://doe.juntaex.es .
Lunes 16 de diciembre de 2024
63101
con lo dispuesto en los artículos 18 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones.
4. D
e igual forma, en las notificaciones de concesión de estas ayudas, se señalará que la
Unión Europea participa en la financiación de las mismas y, en su caso, se indicará la cuantía o el porcentaje de la ayuda aportada por el instrumento comunitario correspondiente.
Asimismo, se informará de que las ayudas se hallan acogidas al régimen de mínimis, sujetándose a lo establecido en el Reglamento (UE) Reglamento 2023/2831 de 13 de diciembre
de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento
de la Unión Europea a las ayudas de mínimis no pudiendo superar la ayuda total de mínimis
la cantidad de 300.000 euros en los tres años previos.
Decimonoveno. Financiación de las ayudas.
La cuantía total de la presente convocatoria, que tendrá el carácter de plurianual, asciende a
360.000 euros, distribuida de la siguiente forma, 0 euros para la anualidad 2024, 144.0000
euros para la anualidad 2025, 120.0000 euros para la anualidad 2026 y 96.000 euros para la
anualidad 2027.
El coste de las ayudas será imputado a la aplicación presupuestaria 14.003 341A 470.00 y
proyecto de gasto 20230035 denominado “Ayudas para el fomento del empleo especializado
en comercio exterior”, con código fondo FS21411A05.
Estas ayudas están sometidas a las disposiciones del Reglamento (UE) 2021/1057 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021 por el que se establece el Fondo Social
Europeo Plus (FSE+), y se encuentran encuadradas en el programa FSE+ Extremadura 20212027, dentro del objetivo específico: “mejorar el acceso al empleo y a medidas de activación
de todos los demandantes de empleo, y en particular de las personas jóvenes, especialmente
a través de la aplicación de la Garantía Juvenil, de los desempleados de larga duración y los
grupos desfavorecidos en el mercado laboral, y de las personas inactivas, así como mediante
la promoción del empleo por cuenta propia y la economía social”, con la cofinanciación del 85
% por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+).
Vigésimo. Eficacia y recursos.
La presente resolución será eficaz al día siguiente de su publicación, junto con el extracto
de la misma previsto en el artículo 20.8.a) de Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, en el Diario Oficial de Extremadura http://doe.juntaex.es .