Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Comercio Exterior. Ayudas. (2024064033)
Resolución de 3 de diciembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria plurianual de las ayudas para el fomento del empleo especializado en comercio exterior correspondiente al ejercicio 2024-2025.
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NÚMERO 242
Lunes 16 de diciembre de 2024
63093
— Presidencia, que será ejercida por la persona titular del Servicio Comercio Exterior, Mercados y Competencia.
— Vocales, dos personas funcionarias del Servicio citado anteriormente.
— Secretaría, una persona funcionaria de la especialidad jurídica.
Todos ellos con voz y voto.
El nombramiento de los miembros de la Comisión de Valoración se realizará mediante Resolución del titular del órgano directivo competente en materia de comercio exterior y será
publicada en el Diario Oficial de Extremadura, una vez finalizado el plazo de presentación de
las solicitudes de la correspondiente convocatoria.
Se levantará acta de la Comisión de Valoración que será firmada por la persona encargada de
desempeñar las funciones de secretaría con el visto bueno de su presidente, debiendo también recoger la declaración de ausencia de conflicto de interés, por parte de todos los miembros de la misma, de que no concurre ningún conflicto de interés que pueda comprometer su
imparcialidad e independencia durante el procedimiento.
Undécimo. Criterios de evaluación de las solicitudes de ayudas.
Los criterios de valoración para la evaluación y prelación de las solicitudes presentadas son
los siguientes:
a) Volumen de ventas fuera de España de la entidad solicitante en relación con su volumen
total de operaciones, del ejercicio contable anterior a la fecha de publicación de la convocatoria, máximo 20 puntos.
— Igual o superior a 70%: 20 puntos.
— Igual o superior a 40% e inferior a 70%: 15 puntos.
— Igual o superior a 10% e inferior a 40%: 10 puntos.
— Inferior a 10%: 5 puntos.
— Sin exportaciones: 0 puntos.
b) Que la persona contratada se encuentre en posesión de un certificado de nivel del Marco
Común Europeo de Referencia de las Lenguas Extranjeras, o equivalente, por encima
del nivel exigido, máximo 30 puntos.
Lunes 16 de diciembre de 2024
63093
— Presidencia, que será ejercida por la persona titular del Servicio Comercio Exterior, Mercados y Competencia.
— Vocales, dos personas funcionarias del Servicio citado anteriormente.
— Secretaría, una persona funcionaria de la especialidad jurídica.
Todos ellos con voz y voto.
El nombramiento de los miembros de la Comisión de Valoración se realizará mediante Resolución del titular del órgano directivo competente en materia de comercio exterior y será
publicada en el Diario Oficial de Extremadura, una vez finalizado el plazo de presentación de
las solicitudes de la correspondiente convocatoria.
Se levantará acta de la Comisión de Valoración que será firmada por la persona encargada de
desempeñar las funciones de secretaría con el visto bueno de su presidente, debiendo también recoger la declaración de ausencia de conflicto de interés, por parte de todos los miembros de la misma, de que no concurre ningún conflicto de interés que pueda comprometer su
imparcialidad e independencia durante el procedimiento.
Undécimo. Criterios de evaluación de las solicitudes de ayudas.
Los criterios de valoración para la evaluación y prelación de las solicitudes presentadas son
los siguientes:
a) Volumen de ventas fuera de España de la entidad solicitante en relación con su volumen
total de operaciones, del ejercicio contable anterior a la fecha de publicación de la convocatoria, máximo 20 puntos.
— Igual o superior a 70%: 20 puntos.
— Igual o superior a 40% e inferior a 70%: 15 puntos.
— Igual o superior a 10% e inferior a 40%: 10 puntos.
— Inferior a 10%: 5 puntos.
— Sin exportaciones: 0 puntos.
b) Que la persona contratada se encuentre en posesión de un certificado de nivel del Marco
Común Europeo de Referencia de las Lenguas Extranjeras, o equivalente, por encima
del nivel exigido, máximo 30 puntos.