Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Política Social. Subvenciones. (2024064034)
Resolución de 29 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la concesión de subvenciones para la incorporación social y laboral de menores y jóvenes que estén cumpliendo o hayan cumplido medidas judiciales de conformidad con la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, para el año 2025.
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NÚMERO 242
63173
Lunes 16 de diciembre de 2024
reguladoras de concesión de subvenciones para la incorporación social y laboral de menores
y jóvenes que estén cumpliendo o hayan cumplido medidas judiciales de conformidad con la
Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores,
y la primera convocatoria, por la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comuni
dad Autónoma de Extremadura, siendo igualmente de aplicación las disposiciones de carácter
básico contenidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y demás
normativa básica de desarrollo.
Decimoctavo. Eficacia y recursos.
1. La presente resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de la publicación simul
tánea en el Diario Oficial de Extremadura de la misma y del extracto previsto en el artículo
20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. C
ontra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso de alzada ante la Consejera de Salud y Servicios Sociales, en el plazo de un mes a
contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución, en virtud de lo
dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello sin perjuicio de que los
interesados puedan interponer cualquier otro recurso que estime oportuno, según el artí
culo 88.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
3. Asimismo, podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Con
tencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo de
dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Ex
tremadura, conforme a lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de que los interesa
dos puedan ejercitar cualquier otro que consideren procedente.
Mérida, 29 de noviembre de 2024.
La Secretaria General,
MARÍA DE PILAR NOGALES PEROGIL
63173
Lunes 16 de diciembre de 2024
reguladoras de concesión de subvenciones para la incorporación social y laboral de menores
y jóvenes que estén cumpliendo o hayan cumplido medidas judiciales de conformidad con la
Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores,
y la primera convocatoria, por la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comuni
dad Autónoma de Extremadura, siendo igualmente de aplicación las disposiciones de carácter
básico contenidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y demás
normativa básica de desarrollo.
Decimoctavo. Eficacia y recursos.
1. La presente resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de la publicación simul
tánea en el Diario Oficial de Extremadura de la misma y del extracto previsto en el artículo
20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. C
ontra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso de alzada ante la Consejera de Salud y Servicios Sociales, en el plazo de un mes a
contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución, en virtud de lo
dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello sin perjuicio de que los
interesados puedan interponer cualquier otro recurso que estime oportuno, según el artí
culo 88.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
3. Asimismo, podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Con
tencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo de
dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Ex
tremadura, conforme a lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de que los interesa
dos puedan ejercitar cualquier otro que consideren procedente.
Mérida, 29 de noviembre de 2024.
La Secretaria General,
MARÍA DE PILAR NOGALES PEROGIL