Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Trámites Telemáticos. (2024064011)
Resolución de 3 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se hace pública la disponibilidad de la tramitación por medios electrónicos del procedimiento de "Comunicación del inicio de trabajos en actividades mineras" y se publica el modelo de formulario asociado a la tramitación.
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NÚMERO 241
Viernes 13 de diciembre de 2024
62917
Los titulares y explotadores de explotaciones mineras, dada su capacidad económica, pero
ante todo su capacidad técnica y dedicación profesional, tienen acceso y disponibilidad de los
medios electrónicos, necesarios para relacionarse con la Administración.
La realización de este trámite se efectuará íntegramente por medios electrónicos de conformidad con el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, siendo la Sede Electrónica Corporativa de la Junta
de Extremadura el punto de acceso para la presentación por parte de los interesados de cualquier solicitud, comunicación, declaración responsable o documento.
La Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas junto con la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público contemplan que la tramitación electrónica debe constituir la actuación habitual de las
Administraciones Públicas, para servir mejor a los principios de eficacia, eficiencia, al ahorro
de costes, a las obligaciones de transparencia y a las garantías de los ciudadanos.
Una vez que se han desarrollado las herramientas de tramitación por medios electrónicos, las
aplicaciones informáticas han sido habilitadas y es posible el uso por los ciudadanos, procede
hacer pública dicha disponibilidad y publicar el modelo de formulario a emplear para cada uno
de ellos.
Por otro lado, se ha integrado en el formulario, en el apartado de protección de datos una
dirección URL, que da acceso a la consulta de la cláusula a través de los servicios de la Sede
Electrónica y para el ejercicio de los derechos correspondientes.
En base a lo expuesto y en ejercicio de las competencias atribuidas a la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, según lo dispuesto en el Decreto de la Presidenta
16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y las competencias de las
Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura
(DOE n.º 140, de 21 de julio), correspondiendo el ejercicio de dichas atribuciones a la Dirección General de Industria, Energía y Minas, con arreglo a las referencias competenciales
recogidas en el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica
básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 145, de 28
de julio) y en el Decreto 233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el
citado Decreto 77/2023 (DOE extraordinario n.º 3, de 16 de septiembre).
RESUELVE:
Primero. Realizar la publicación de la disponibilidad de tramitación por medios electrónicos,
del procedimiento de “Comunicación del inicio de trabajos en actividades mineras”.
Viernes 13 de diciembre de 2024
62917
Los titulares y explotadores de explotaciones mineras, dada su capacidad económica, pero
ante todo su capacidad técnica y dedicación profesional, tienen acceso y disponibilidad de los
medios electrónicos, necesarios para relacionarse con la Administración.
La realización de este trámite se efectuará íntegramente por medios electrónicos de conformidad con el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, siendo la Sede Electrónica Corporativa de la Junta
de Extremadura el punto de acceso para la presentación por parte de los interesados de cualquier solicitud, comunicación, declaración responsable o documento.
La Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas junto con la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público contemplan que la tramitación electrónica debe constituir la actuación habitual de las
Administraciones Públicas, para servir mejor a los principios de eficacia, eficiencia, al ahorro
de costes, a las obligaciones de transparencia y a las garantías de los ciudadanos.
Una vez que se han desarrollado las herramientas de tramitación por medios electrónicos, las
aplicaciones informáticas han sido habilitadas y es posible el uso por los ciudadanos, procede
hacer pública dicha disponibilidad y publicar el modelo de formulario a emplear para cada uno
de ellos.
Por otro lado, se ha integrado en el formulario, en el apartado de protección de datos una
dirección URL, que da acceso a la consulta de la cláusula a través de los servicios de la Sede
Electrónica y para el ejercicio de los derechos correspondientes.
En base a lo expuesto y en ejercicio de las competencias atribuidas a la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, según lo dispuesto en el Decreto de la Presidenta
16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y las competencias de las
Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura
(DOE n.º 140, de 21 de julio), correspondiendo el ejercicio de dichas atribuciones a la Dirección General de Industria, Energía y Minas, con arreglo a las referencias competenciales
recogidas en el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica
básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 145, de 28
de julio) y en el Decreto 233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el
citado Decreto 77/2023 (DOE extraordinario n.º 3, de 16 de septiembre).
RESUELVE:
Primero. Realizar la publicación de la disponibilidad de tramitación por medios electrónicos,
del procedimiento de “Comunicación del inicio de trabajos en actividades mineras”.