Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024064006)
Resolución de 29 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se deniega la autorización ambiental unificada para el proyecto de explotación minera "El Sotillo" que incluye una planta de tratamiento de áridos y una planta de fabricación de hormigón, promovida por Áridos y Hormigones Rodríguez, SAL, en el término municipal de Don Benito (Badajoz).
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NÚMERO 241
Viernes 13 de diciembre de 2024
62868
RESOLUCIÓN de 29 de noviembre de 2024, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se deniega la autorización ambiental unificada
para el proyecto de explotación minera "El Sotillo" que incluye una planta de
tratamiento de áridos y una planta de fabricación de hormigón, promovida
por Áridos y Hormigones Rodríguez, SAL, en el término municipal de Don
Benito (Badajoz). (2024064006)
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 5 de mayo de 2016 tiene entrada en el Registro Único de la Junta de
Extremadura la solicitud de autorización ambiental unificada (AAU) para el proyecto de explotación minera “El Sotillo” que incluye una planta de tratamiento de áridos y una planta
de fabricación de hormigón en el término municipal de Don Benito (Badajoz), promovida por
Áridos y Hormigones Rodríguez, SAL, con CIF A-06262687.
Segundo. Con fecha 13 de noviembre de 2023 se emite informe técnico de la Confederación
Hidrográfica del Guadiana haciendo constar que la explotación minera “El Sotillo”, que incluye
una planta de tratamiento de áridos y una planta de fabricación de hormigón, tiene instalaciones que no cumplen con el condicionado establecido por ese organismo con respecto a la
cota mínima para el establecimiento de cualquier tipo de instalación en el dominio público
hidráulico, según lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas, y por el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril. Dicho informe es de
carácter vinculante cuando su pronunciamiento sea negativo en el procedimiento de autorización ambiental unificada.
Tercero. Conforme al artículo 8 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con fecha 17 de enero de 2024 se da trámite de
audiencia a los interesados con contenido de la propuesta de resolución para que manifiesten
lo que tengan por conveniente.
Cuarto. Con fecha 29 de enero de 2024 Áridos y Hormigones Rodríguez, SAL, presenta alegaciones al informe de Confederación Hidrográfica del Guadiana de fecha 23 de noviembre
de 2023, por lo que con fecha 15 de abril de 2024 se envían estas alegaciones a la Confederación Hidrográfica del Guadiana para que aclaren estas alegaciones en el ámbito de sus
competencias.
Quinto. Con fecha 11 de julio de 2024 la Confederación Hidrográfica del Guadiana emite
informe en el que indican que: “…En cualquier caso, conforme a los estudios obrantes de
revisión y actualización del Plan de gestión del riesgo de inundación (PGRI), más actuales
Viernes 13 de diciembre de 2024
62868
RESOLUCIÓN de 29 de noviembre de 2024, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se deniega la autorización ambiental unificada
para el proyecto de explotación minera "El Sotillo" que incluye una planta de
tratamiento de áridos y una planta de fabricación de hormigón, promovida
por Áridos y Hormigones Rodríguez, SAL, en el término municipal de Don
Benito (Badajoz). (2024064006)
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 5 de mayo de 2016 tiene entrada en el Registro Único de la Junta de
Extremadura la solicitud de autorización ambiental unificada (AAU) para el proyecto de explotación minera “El Sotillo” que incluye una planta de tratamiento de áridos y una planta
de fabricación de hormigón en el término municipal de Don Benito (Badajoz), promovida por
Áridos y Hormigones Rodríguez, SAL, con CIF A-06262687.
Segundo. Con fecha 13 de noviembre de 2023 se emite informe técnico de la Confederación
Hidrográfica del Guadiana haciendo constar que la explotación minera “El Sotillo”, que incluye
una planta de tratamiento de áridos y una planta de fabricación de hormigón, tiene instalaciones que no cumplen con el condicionado establecido por ese organismo con respecto a la
cota mínima para el establecimiento de cualquier tipo de instalación en el dominio público
hidráulico, según lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas, y por el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril. Dicho informe es de
carácter vinculante cuando su pronunciamiento sea negativo en el procedimiento de autorización ambiental unificada.
Tercero. Conforme al artículo 8 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con fecha 17 de enero de 2024 se da trámite de
audiencia a los interesados con contenido de la propuesta de resolución para que manifiesten
lo que tengan por conveniente.
Cuarto. Con fecha 29 de enero de 2024 Áridos y Hormigones Rodríguez, SAL, presenta alegaciones al informe de Confederación Hidrográfica del Guadiana de fecha 23 de noviembre
de 2023, por lo que con fecha 15 de abril de 2024 se envían estas alegaciones a la Confederación Hidrográfica del Guadiana para que aclaren estas alegaciones en el ámbito de sus
competencias.
Quinto. Con fecha 11 de julio de 2024 la Confederación Hidrográfica del Guadiana emite
informe en el que indican que: “…En cualquier caso, conforme a los estudios obrantes de
revisión y actualización del Plan de gestión del riesgo de inundación (PGRI), más actuales