Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Aguas. (2024050195)
Orden de 5 de diciembre de 2024 por la que se aprueba el Programa de Actuación aplicable en las zonas vulnerables a contaminación por nitratos procedentes de fuentes agrícolas y ganaderas designadas en Extremadura.
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NÚMERO 241
Viernes 13 de diciembre de 2024
62826
La Comunidad Autónoma de Extremadura está obligada a tener aprobado un programa de
actuación con objeto de prevenir y reducir la contaminación causada por los nitratos de origen
agrario en las zonas designadas como vulnerables de acuerdo con lo establecido en el artículo
5 y el anexo III de la Directiva 91/676/CEE y en el artículo 6 del Real Decreto 47/2022.
En la Orden de 7 de marzo de 2003 (DOE n.º 34, de 20 de marzo de 2003) se declaran las
Zonas Vulnerables de la Comunidad Autónoma de Extremadura actualizadas posteriormente
en la Orden de 4 de marzo de 2019 (DOE n.º 52, de 15 de marzo de 2019). Las Zonas Vulnerables de Extremadura son:
—
Vegas Bajas.
— Zona regable del canal del Zújar.
— Tierra de Barros.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Sexta) en sentencia de 14 de marzo de 2024
(asunto C-576/22) ha declarado que la Comunidad Autónoma de Extremadura no contenía en
su programa de actuación todas las medidas obligatorias.
La insuficiencia detectada del programa de actuación vigente, el largo tiempo transcurrido
desde su última modificación, la aprobación como importante marco de referencia del Real
Decreto 1051/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen normas para la nutrición
sostenible en los suelos agrarios y la experiencia adquirida en la implementación del anterior
programa, justifican las medidas del nuevo programa, de naturaleza compleja y muy técnica,
que han tenido oportunidad de ser debidamente contrastadas en el procedimiento previo de
evaluación ambiental.
Mediante la presente orden se procede a aprobar un nuevo programa de actuación con la
pretensión de regular unas buenas prácticas agrícolas encaminadas a evitar el incremento de
la contaminación por nitratos y reducir las emisiones agrícolas de gases de efecto invernadero
y dar cumplimiento al ordenamiento jurídico vigente y corregir la vulneración declarada en la
precitada resolución judicial.
Por Resolución de 30 de julio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, se ha formulado declaración ambiental estratégica favorable del programa de actuación, aprobado por
la presente orden.
Adicionalmente a lo anterior, se considera necesario dar publicidad, mediante la presente orden, al citado programa de actuación aplicable en zonas vulnerables con objeto de prevenir y
reducir la contaminación causada por los nitratos de origen agrario, que estará disponible en
el siguiente enlace: https://www.juntaex.es/temas/agricultura-ganaderia/gestion-agricola .
Viernes 13 de diciembre de 2024
62826
La Comunidad Autónoma de Extremadura está obligada a tener aprobado un programa de
actuación con objeto de prevenir y reducir la contaminación causada por los nitratos de origen
agrario en las zonas designadas como vulnerables de acuerdo con lo establecido en el artículo
5 y el anexo III de la Directiva 91/676/CEE y en el artículo 6 del Real Decreto 47/2022.
En la Orden de 7 de marzo de 2003 (DOE n.º 34, de 20 de marzo de 2003) se declaran las
Zonas Vulnerables de la Comunidad Autónoma de Extremadura actualizadas posteriormente
en la Orden de 4 de marzo de 2019 (DOE n.º 52, de 15 de marzo de 2019). Las Zonas Vulnerables de Extremadura son:
—
Vegas Bajas.
— Zona regable del canal del Zújar.
— Tierra de Barros.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Sexta) en sentencia de 14 de marzo de 2024
(asunto C-576/22) ha declarado que la Comunidad Autónoma de Extremadura no contenía en
su programa de actuación todas las medidas obligatorias.
La insuficiencia detectada del programa de actuación vigente, el largo tiempo transcurrido
desde su última modificación, la aprobación como importante marco de referencia del Real
Decreto 1051/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen normas para la nutrición
sostenible en los suelos agrarios y la experiencia adquirida en la implementación del anterior
programa, justifican las medidas del nuevo programa, de naturaleza compleja y muy técnica,
que han tenido oportunidad de ser debidamente contrastadas en el procedimiento previo de
evaluación ambiental.
Mediante la presente orden se procede a aprobar un nuevo programa de actuación con la
pretensión de regular unas buenas prácticas agrícolas encaminadas a evitar el incremento de
la contaminación por nitratos y reducir las emisiones agrícolas de gases de efecto invernadero
y dar cumplimiento al ordenamiento jurídico vigente y corregir la vulneración declarada en la
precitada resolución judicial.
Por Resolución de 30 de julio de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, se ha formulado declaración ambiental estratégica favorable del programa de actuación, aprobado por
la presente orden.
Adicionalmente a lo anterior, se considera necesario dar publicidad, mediante la presente orden, al citado programa de actuación aplicable en zonas vulnerables con objeto de prevenir y
reducir la contaminación causada por los nitratos de origen agrario, que estará disponible en
el siguiente enlace: https://www.juntaex.es/temas/agricultura-ganaderia/gestion-agricola .