Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Días Inhábiles. (2024064005)
Resolución de 3 de diciembre de 2024, de la Consejera, por la que se dispone la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura por el que se fija el calendario de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos administrativos durante el año 2025 en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 239
Miércoles 11 de diciembre de 2024
62520
6 de diciembre, Día de la Constitución Española.
8 de diciembre, Inmaculada Concepción.
25 de diciembre, Natividad del Señor.
2. A
demás, serán inhábiles en cada entidad local de la Comunidad Autónoma de Extremadura
los días de descanso laboral de sus respectivas fiestas locales que, determinados conforme
a lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 41/2024, de 14 de mayo, figuran en las relaciones publicadas por Resolución de 18 de octubre de 2024, de la Dirección General de
Trabajo, por la que se hace público el calendario laboral oficial de fiestas locales para la Comunidad Autónoma de Extremadura durante el año 2025 (DOE n.º 210, de 28 de octubre
de 2024), o modificaciones que se produzcan.
Segundo. El presente acuerdo se publicará en el Diario Oficial de Extremadura, en los Boletines Oficiales de las Provincias de Badajoz y Cáceres y en la Sede Electrónica de la Junta
de Extremadura (https://sede.juntaex.es/SEDE/ ), sin perjuicio de la exposición pública que
puedan realizar también las entidades locales.
Tercero. El presente acuerdo producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación
en el Diario Oficial de Extremadura.
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Miércoles 11 de diciembre de 2024
62520
6 de diciembre, Día de la Constitución Española.
8 de diciembre, Inmaculada Concepción.
25 de diciembre, Natividad del Señor.
2. A
demás, serán inhábiles en cada entidad local de la Comunidad Autónoma de Extremadura
los días de descanso laboral de sus respectivas fiestas locales que, determinados conforme
a lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 41/2024, de 14 de mayo, figuran en las relaciones publicadas por Resolución de 18 de octubre de 2024, de la Dirección General de
Trabajo, por la que se hace público el calendario laboral oficial de fiestas locales para la Comunidad Autónoma de Extremadura durante el año 2025 (DOE n.º 210, de 28 de octubre
de 2024), o modificaciones que se produzcan.
Segundo. El presente acuerdo se publicará en el Diario Oficial de Extremadura, en los Boletines Oficiales de las Provincias de Badajoz y Cáceres y en la Sede Electrónica de la Junta
de Extremadura (https://sede.juntaex.es/SEDE/ ), sin perjuicio de la exposición pública que
puedan realizar también las entidades locales.
Tercero. El presente acuerdo producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación
en el Diario Oficial de Extremadura.
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