Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024063972)
Resolución de 29 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de modificación de concesión de aguas subterráneas para la ampliación de la superficie de riego en 52,90 hectáreas, totalizando 111,90 hectáreas de olivar, almendro y cereal en la finca "Ventanillas", en el término municipal de Badajoz. Expte: IA21/1474.
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NÚMERO 238
Martes 10 de diciembre de 2024

62461

hábitats o especies que hayan motivado su designación o declaración, atendiendo a lo
dispuesto en el art. 6 de la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992,
relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres, y en
base al Decreto 110/2015, de 19 de mayo, por el que se regula la Red Ecológica Europea Natura 2000 en Extremadura e Informe de Afección a Biodiversidad, como valoración ambiental de proyectos, actividades, planes y programas en lo relativo a especies
protegidas y hábitats protegidos fuera de la Red de Áreas Protegidas de Extremadura,
conforme a lo establecido en los Planes de Recuperación, Conservación del Hábitat y
Conservación de determinadas especies de flora y fauna vigentes en la Comunidad Autónoma de Extremadura, a lo establecido en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del
Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, y atendiendo a los objetivos de la Directiva
92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres y en la Directiva 2009/147/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, relativa a la conservación
de las aves silvestres (CN 22/8852).
Tras describir las áreas protegidas y los valores naturales protegidos dentro del área
de influencia del proyecto de referencia, y realizar un análisis y valoración ambiental
de la actividad, concluye informando favorablemente la actividad solicitada, ya que no
es susceptible de afectar de forma apreciable, a los lugares incluidos en la Red Natura
2000, ni se prevén afecciones significativas sobre especies o hábitats protegidos, siempre que se cumplan las medidas indicadas en su informe, entre las que se incluyen:


— No se utilizarán grupos electrógenos con motores de explosión. No se autoriza la
instalación de nuevas líneas eléctricas aéreas.



— Cuando se apliquen productos fitosanitarios se tomarán las medidas necesarias
para evitar la contaminación difusa de las masas de agua, debiéndose minimizar su
uso para orientar la plantación hacia una agricultura más sostenible (Real Decreto
1311/2012).

3. E
 l día 4 de julio de 2023, el Ayuntamiento de Badajoz, certifica que, el EsIA del proyecto
de referencia ha estado expuesto en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento durante 10
días y no ha habido alegación alguna al respecto. Asimismo, aporta informe, con fecha
13 de febrero de 2023, del Servicio de Control e Inspección Urbanística, en el que concluye que no existiría inconveniente urbanístico en que la Dirección General de Medio
Ambiente resolviera favorablemente el expediente en tramitación. Del mismo modo,
incorpora informe del Servicio de Protección Ambiental, con fecha 3 de julio de 2023,
en el que hace referencia al debido cumplimiento de la normativa relativa a ruidos y
vibraciones.