Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063965)
Resolución de 29 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Interadministrativo entre la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda y la Mancomunidad Integral de Servicios Vegas Bajas y la Mancomunidad Integral Lácara Los Baldíos para el funcionamiento de una Oficina Técnica de Urbanismo y Desarrollo Territorial Sostenible.
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NÚMERO 237
Jueves 5 de diciembre de 2024
62239
to en el apartado 8 del artículo 4 del Reglamento General a la Ley de ordenación territorial y
urbanística sostenible de Extremadura, en el que expresamente se señala que “La Administración autonómica impulsará el funcionamiento de las OTUDTS mediante la aportación de fondos destinados al sostenimiento económico de su actividad, en colaboración con la administración local a la que prestan sus servicios, o bien, a través de las diputaciones provinciales”.
Será el convenio de colaboración, el instrumento jurídico en el que se plasma la coparticipación de diferentes Administraciones y de acuerdo con lo previsto en el apartado 9 del artículo
4 Reglamento General a la Ley de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, donde se plasmen “los términos concretos de la cooperación interadministrativa en la
que se sustenta cada OTUDTS” y “donde se regularán entre otros, las especificaciones particulares sobre su funcionamiento y composición, el ámbito físico de actuación y los términos
de su financiación”.
Sexto. En atención a lo expuesto, los principios generales que aborda el nuevo texto normativo se encuentra el principio de autonomía municipal, con el objeto de apoyar la autonomía
municipal, y dada la complejidad y responsabilidades derivadas del urbanismo, la Junta de Extremadura se ha comprometido en el impulso, la consolidación y desarrollo de las OTUDTS de
ámbito supramunicipal. En este sentido, el Decreto 50/2016, de 26 de abril, de atribuciones
de los órganos urbanísticos y de ordenación del territorio, y de organización y funcionamiento
de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, ya incorporó a la
Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio (en lo sucesivo CUOTEX) representantes
coordinadores de estas OTUDTS financiadas por la Junta de Extremadura.
Por todo lo expuesto, en aras de los intereses concurrentes expuestos, ambas partes acuerdan materializar su colaboración mediante la firma del presente convenio, que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del Convenio.
El presente convenio tiene por objeto regular la colaboración entre la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura (en lo sucesivo Consejería) y la
Mancomunidad Integral de Servicios Vegas Bajas con NIF P0600013G y la Mancomunidad Integral Lácara los Baldíos con NIF P0600016J, (en lo sucesivo Mancomunidades), para atender
adecuadamente al cumplimiento de sus respectivas competencias en materia de ordenación,
gestión y disciplina urbanística y territorial, vivienda, habitabilidad, accesibilidad y movilidad
(artículo 4.5 del Decreto 143/2021, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento
General de la Ley de Ordenación Territorial y Urbanística sostenible de Extremadura).
Jueves 5 de diciembre de 2024
62239
to en el apartado 8 del artículo 4 del Reglamento General a la Ley de ordenación territorial y
urbanística sostenible de Extremadura, en el que expresamente se señala que “La Administración autonómica impulsará el funcionamiento de las OTUDTS mediante la aportación de fondos destinados al sostenimiento económico de su actividad, en colaboración con la administración local a la que prestan sus servicios, o bien, a través de las diputaciones provinciales”.
Será el convenio de colaboración, el instrumento jurídico en el que se plasma la coparticipación de diferentes Administraciones y de acuerdo con lo previsto en el apartado 9 del artículo
4 Reglamento General a la Ley de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, donde se plasmen “los términos concretos de la cooperación interadministrativa en la
que se sustenta cada OTUDTS” y “donde se regularán entre otros, las especificaciones particulares sobre su funcionamiento y composición, el ámbito físico de actuación y los términos
de su financiación”.
Sexto. En atención a lo expuesto, los principios generales que aborda el nuevo texto normativo se encuentra el principio de autonomía municipal, con el objeto de apoyar la autonomía
municipal, y dada la complejidad y responsabilidades derivadas del urbanismo, la Junta de Extremadura se ha comprometido en el impulso, la consolidación y desarrollo de las OTUDTS de
ámbito supramunicipal. En este sentido, el Decreto 50/2016, de 26 de abril, de atribuciones
de los órganos urbanísticos y de ordenación del territorio, y de organización y funcionamiento
de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, ya incorporó a la
Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio (en lo sucesivo CUOTEX) representantes
coordinadores de estas OTUDTS financiadas por la Junta de Extremadura.
Por todo lo expuesto, en aras de los intereses concurrentes expuestos, ambas partes acuerdan materializar su colaboración mediante la firma del presente convenio, que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del Convenio.
El presente convenio tiene por objeto regular la colaboración entre la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura (en lo sucesivo Consejería) y la
Mancomunidad Integral de Servicios Vegas Bajas con NIF P0600013G y la Mancomunidad Integral Lácara los Baldíos con NIF P0600016J, (en lo sucesivo Mancomunidades), para atender
adecuadamente al cumplimiento de sus respectivas competencias en materia de ordenación,
gestión y disciplina urbanística y territorial, vivienda, habitabilidad, accesibilidad y movilidad
(artículo 4.5 del Decreto 143/2021, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento
General de la Ley de Ordenación Territorial y Urbanística sostenible de Extremadura).