Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063965)
Resolución de 29 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Interadministrativo entre la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda y la Mancomunidad Integral de Servicios Vegas Bajas y la Mancomunidad Integral Lácara Los Baldíos para el funcionamiento de una Oficina Técnica de Urbanismo y Desarrollo Territorial Sostenible.
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NÚMERO 237
62245
Jueves 5 de diciembre de 2024
cual designará a dos de sus miembros, de los que uno será representante en la CUOTEX para
que canalice el contacto directo y permanente entre dicha Dirección General y la dirección de
las OTUDTS, las Mancomunidades y los propios ayuntamientos integrados en ella, en asuntos
relacionados con la gestión, funciones y actividad descrita en el presente Convenio.
Sexta. Del personal de la Oficina Técnica de Urbanismo y Desarrollo Territorial Sostenible.
1. L
a OTUDTS de las Mancomunidades debe disponer del siguiente personal mínimo:
puesto laboral
jornada laboral
mínima
— una persona con titulación de Arquitecto/a o Máster habilitante en Arquitectura
85%
—u
na persona con titulación de licenciado/a en Derecho, Grado en Derecho (habilitado para funciones del puesto) o equivalente
80%
—u
na persona con titulación de Arquitecto/a Técnico/a, Grado en Arquitectura
Técnica (habilitado para funciones del puesto) o equivalente
80%
—u
na persona con la titulación de Auxiliar Administrativo/a, alternativamente
una persona con la titulación de Técnico Superior en Delineación (habilitado
para funciones del puesto) o equivalente
80%
2. A
demás, para que las Mancomunidades cuenten en todo momento con personal técnico
cualificado adscrito a la OTUDTS, las Administraciones Públicas en su función de asistencia
a las entidades locales, podrán poner en marcha programas o proyectos subvencionados
que propicien la contratación laboral de técnicos especialistas en materias como medio
ambiente, aguas, patrimonio cultural, incendios, etc. Estos técnicos previa conformidad
de la Comisión de Seguimiento, prestarán sus servicios para las entidades integrantes de
las Mancomunidades bajo la supervisión y coordinación de la dirección de la OTUDTS, que
informará al equipo de coordinación de las OTUDTS, con carácter mensual, de las labores
realizadas por el técnico o técnicos contratados.
3. E
l/la arquitecto/a del equipo de personal adscrito a la OTUDTS, ejercerá las funciones de
dirección y coordinación de la misma, siendo responsable de su organización y funcionamiento. Además, se encargará, entre otras funciones, de planificar las visitas periódicas
por parte del personal de la OTUDTS a cada uno de los Ayuntamientos. Bien sea para conocer su situación urbanística, como para despachar asuntos, o prestar un adecuado apoyo
y asesoramiento.
4. E
n virtud del contenido de este convenio, el personal al servicio de la OTUDTS no guarda
ningún tipo de relación laboral con la Junta de Extremadura.
62245
Jueves 5 de diciembre de 2024
cual designará a dos de sus miembros, de los que uno será representante en la CUOTEX para
que canalice el contacto directo y permanente entre dicha Dirección General y la dirección de
las OTUDTS, las Mancomunidades y los propios ayuntamientos integrados en ella, en asuntos
relacionados con la gestión, funciones y actividad descrita en el presente Convenio.
Sexta. Del personal de la Oficina Técnica de Urbanismo y Desarrollo Territorial Sostenible.
1. L
a OTUDTS de las Mancomunidades debe disponer del siguiente personal mínimo:
puesto laboral
jornada laboral
mínima
— una persona con titulación de Arquitecto/a o Máster habilitante en Arquitectura
85%
—u
na persona con titulación de licenciado/a en Derecho, Grado en Derecho (habilitado para funciones del puesto) o equivalente
80%
—u
na persona con titulación de Arquitecto/a Técnico/a, Grado en Arquitectura
Técnica (habilitado para funciones del puesto) o equivalente
80%
—u
na persona con la titulación de Auxiliar Administrativo/a, alternativamente
una persona con la titulación de Técnico Superior en Delineación (habilitado
para funciones del puesto) o equivalente
80%
2. A
demás, para que las Mancomunidades cuenten en todo momento con personal técnico
cualificado adscrito a la OTUDTS, las Administraciones Públicas en su función de asistencia
a las entidades locales, podrán poner en marcha programas o proyectos subvencionados
que propicien la contratación laboral de técnicos especialistas en materias como medio
ambiente, aguas, patrimonio cultural, incendios, etc. Estos técnicos previa conformidad
de la Comisión de Seguimiento, prestarán sus servicios para las entidades integrantes de
las Mancomunidades bajo la supervisión y coordinación de la dirección de la OTUDTS, que
informará al equipo de coordinación de las OTUDTS, con carácter mensual, de las labores
realizadas por el técnico o técnicos contratados.
3. E
l/la arquitecto/a del equipo de personal adscrito a la OTUDTS, ejercerá las funciones de
dirección y coordinación de la misma, siendo responsable de su organización y funcionamiento. Además, se encargará, entre otras funciones, de planificar las visitas periódicas
por parte del personal de la OTUDTS a cada uno de los Ayuntamientos. Bien sea para conocer su situación urbanística, como para despachar asuntos, o prestar un adecuado apoyo
y asesoramiento.
4. E
n virtud del contenido de este convenio, el personal al servicio de la OTUDTS no guarda
ningún tipo de relación laboral con la Junta de Extremadura.