Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063948)
Resolución de 28 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural y la Federación Extremeña de Caza, para realización de los trabajos de monitorización de perdiz roja y conejo de monte mediante técnicas basadas en Big Data en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 236
Miércoles 4 de diciembre de 2024

62081

CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE GESTIÓN FORESTAL Y MUNDO RURAL
Y LA FEDERACIÓN EXTREMEÑA DE CAZA, PARA REALIZACIÓN DE LOS
TRABAJOS DE MONITORIZACIÓN DE PERDIZ ROJA Y CONEJO DE MONTE
MEDIANTE TÉCNICAS BASADAS EN BIG DATA EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE EXTREMADURA.
N.º Expediente: 2422999CA003.
26 de noviembre de 2024.
REUNIDOS:
De una parte, Dña. Isabel Gutiérrez de la Barreda Mena, Secretaria General de la Consejería
de Gestión Forestal y Mundo Rural de la Junta de Extremadura, cargo para el que fue nombrada mediante Decreto 75/2024, de 16 de julio (DOE núm. 138, de 17 de julio de 2024),
actuando en ejercicio de las facultades previstas en el artículo 53.3 de la Ley 1/2OO2, de 28
de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
y de conformidad con la Resolución de 11 de agosto de 2023, de la Consejera, por la que se
delegan determinadas competencias, así como la firma de resoluciones y actos, en la Secretaría General y demás órganos directivos de la Consejería (DOE núm. 161, de 22 de agosto
de 2023).
De otra, D. José María Gallardo Gil, en calidad de presidente de la Federación Extremeña de
Caza, con NIF G-06065213 y domicilio en Ctra. de Cáceres, 3 (Edificio Blanco) - CP 06007
Badajoz, actuando en nombre y representación de la misma, en virtud de las facultades a
que le autoriza su nombramiento y que son conferidas en su Estatuto de 6 de julio de 2013,
publicado en el DOE n.º 36 de 21 de febrero de 2014, modificado por la Resolución de 26 de
marzo de 2019, publicada en el DOE n.º 75, de 17 de abril de 2019.
Ambas partes intervienen en función de sus respectivos cargos y en el ejercicio de las facultades que tienen conferidas, reconociéndose mutuamente plena legitimación, capacidad y
representación para la firma del presente convenio y, a estos efectos,
EXPONEN:
Primero. De acuerdo con la Exposición de Motivos de la Ley 14/2010, de 9 de diciembre, de
Caza de Extremadura, modificada por la Ley 12/2014, de 19 de diciembre, y Ley 9/2019, de 5
de abril, Extremadura es una región con un extraordinario patrimonio medioambiental y tiene
en su medio natural una de sus principales señas de identidad y uno de los más importantes
recursos de futuro. Y de esa riqueza natural, los recursos cinegéticos y su gestión desempeñan una función primordial en el desarrollo del medio rural y en la conservación de las espe-