Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024063942)
Resolución de 26 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, sobre modificación del proyecto de instalación solar fotovoltaica "El Cerro" e infraestructura de evacuación, en el término municipal de Burguillos del Cerro, cuya promotora es Ralos Desarrollos Fotovoltaicos España, SL. Expte.: IA24/1443.
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NÚMERO 236
Miércoles 4 de diciembre de 2024



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3. De conformidad con lo establecido en el artículo 71.3 de la Ley 16/2015, de 23 de
abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la declaración de impacto ambiental producirá en sus propios términos los efectos de la calificación rústica cuando esta resulte preceptiva, de conformidad con lo previsto en la
normativa urbanística, acreditando la idoneidad urbanística de los bienes inmuebles
sobre los que pretende implantarse la instalación o actividad.
Indica el informe que, a estos efectos, la Dirección General de Sostenibilidad debe recabar de la Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana,
un informe urbanístico referido a la no prohibición de usos y a los condicionantes urbanísticos que la instalación deba cumplir en la concreta ubicación de que se trate, cuyo
contenido se incorporará al condicionado de la declaración de impacto ambiental.
En virtud de lo anterior, desde este Servicio de Urbanismo se tiene constancia que el
citado informe urbanístico ya ha sido solicitado por parte de la Dirección General de
Sostenibilidad, por lo que se está procediendo a su respuesta dentro del plazo establecido legalmente.
La declaración de impacto ambiental tramitada con arreglo a lo dispuesto en la mencionada Ley 16/2015, de 23 de abril, constituirá título suficiente para que el Ayuntamiento
someta el proyecto al procedimiento de control municipal previo o posterior que en su
caso corresponda, mediante licencia o comunicación previa, conforme a lo previsto en
la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible
de Extremadura y en su reglamento de desarrollo.

— Con fecha 22 de octubre de 2024, el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas
Protegidas de la Dirección General de Sostenibilidad, emite informe donde indica que, la
modificación planteada se consideran ajustes constructivos en el interior de las parcelas
que ya fueron evaluadas en su momento y en la que no han aparecido nuevos valores
ambientales que puedan verse afectados. En cuanto a los nuevos accesos para los diferentes recintos de la ISF se verá afectada la traza de caminos existentes. Se puede
observar que son caminos existentes en desuso, o al menos que existen rodadas de
tránsito de vehículos, por lo que solo se verá afectada la vegetación que haya crecido
debido a la falta de tránsito de vehículos. Informando favorablemente la actividad solicitada, ya que no es susceptible de afectar de forma apreciable a los lugares incluidos
en la Red Natura 2000, siempre y cuando se cumplan las medidas indicadas:


1. Si durante la realización de las actividades se detectara la presencia de alguna especie incluida en el Catálogo de Especies Amenazadas de Extremadura que pudiera
verse afectada por los mismos, se estará a lo dispuesto por el personal técnico de la