Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Transformación Digital. Ayudas. (2024040252)
Decreto 145/2024, de 19 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a la aceleración de ecosistemas de emprendimiento e innovación basados en gemelos digitales en el ámbito del Programa "Redes Territoriales de Especialización Tecnológica (RETECH)" en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se aprueba la única convocatoria.
80 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 235
Martes 3 de diciembre de 2024

61835

—
Aquella otra documentación que se establezca en la resolución de concesión de la
subvención.
3. L
 as facturas y sus correspondientes justificantes de pago deberán estar fechados y haber
sido efectivamente pagados con anterioridad a la finalización del plazo de justificación es­
tablecido en el punto 1 del presente artículo.
Las facturas y los pagos realizados con posterioridad a la finalización del plazo de justifi­
cación no se admitirán.
4. C
 uando la Dirección General con competencias en Digitalización Regional aprecie la exis­
tencia de defectos subsanables en la justificación presentada por la entidad beneficiaria, lo
pondrán en su conocimiento concediéndole un plazo de 10 días para su corrección.
5. T
 ranscurrido el plazo de presentación de justificación sin que se haya remitido tal justi­
ficación, se iniciará el procedimiento de pérdida del derecho a la percepción de la ayuda
concedida, previa audiencia del interesado, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 20
de este decreto y en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
6. L
 a Dirección General con competencias en digitalización regional, será la responsable del
seguimiento del proceso de justificación y comprobación de valores de la actuación ejecu­
tada, con independencia del control financiero que le corresponde a la Intervención General
de la Junta de Extremadura, del Tribunal de Cuentas, y demás órganos fiscalizadores que,
por la naturaleza y origen de los fondos, tienen competencia en la materia.
Artículo 19. Principio de no causar un daño significativo (DNSH).
1. E
 n las actuaciones objeto de ayuda, se debe garantizar el respeto al principio de no cau­
sar un daño significativo al medio ambiente (Do No Significant Harm, en adelante DNSH),
conforme a lo previsto en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR),
en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero
de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR), y su
normativa de desarrollo, y a lo requerido en la Decisión de Ejecución del Consejo relativa
a la aprobación de la evaluación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de
España.
En este contexto, los proyectos objeto de ayuda deben atender de manera expresa y par­
ticular lo siguiente: