Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Ayudas. (2024063840)
Resolución de 15 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el fomento del empleo de personas con discapacidad en el mercado protegido de trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el ejercicio 2025.
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NÚMERO 234
61714
Lunes 2 de diciembre de 2024
CODIGO
0312916
FOMENTO DEL EMPLEO DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD
EN EL MERCADO PROTEGIDO DE TRABAJO DE LA
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA
CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO
SOLICITUD DE SUBVENCIÓN PROGRAMA II:
MANTENIMIENTO DE PUESTOS DE TRABAJO DE PERSONAS
CON DISCAPACIDAD
5. Que las contrataciones por las que se solicita subvención no se han efectuado mediando la comisión de cualquiera de
las infracciones previstas en los artículos 22.2 y 23 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, que aprueba
el texto refundido sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.
6. Que el centro especial de empleo solicitante no ha efectuado actuaciones que puedan implicar la consecución de la
subvención sin que se produzca creación real y efectiva de empleo.
7. Que las personas trabajadoras con discapacidad por los que se solicita la ayuda, están con contrato vigente en el
Centro Especial de Empleo y en situación de alta en Seguridad Social en el mes por el que se solicita la subvención.
8. Que salario mensual que el centro ha abonado como conceptos salariales en las nóminas de sus personas trabajadoras
es el fijado en las tablas salariales del convenio vigente, y en cualquier caso, igual o mayor al Salario Mínimo
Interprofesional vigente.
9. Que el Centro Especial de Empleo ha abonado a sus personas trabajadoras el salario correspondiente mediante
transacción bancaria.
10. Que los contratos por los que se solicita subvención tiene una duración mínima de un mes, salvo que se trate de
contratos de duración determinada para la sustitución de una persona trabajadora con derecho a reserva de puesto
de trabajo, regulados en el artículo 15.3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por
Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
11. Que los contratos por los que se solicita subvención, en el caso de ser contratos fijos-discontinuos, han tenido un
periodo de actividad superior a un mes ininterrumpido de trabajo.
12. Que el centro especial de empleo.
No ha solicitado o recibido otras ayudas para la misma finalidad, percibidas de ésta u otras Administraciones
públicas, salvo con las bonificaciones o reducciones en cuotas de la Seguridad Social reguladas por las leyes
estatales, que se establezcan como medidas de fomento de empleo aplicables en cada ejercicio
presupuestario.
Ha percibido o solicitado las ayudas para la misma finalidad siguiente:
ORGANISMO
PUBLICO/ENTIDAD PRIVADA
INCENTIVO
SOLICITADO/CONCEDIDO
IMPORTE DE LA
AYUDA
FECHA DE
SOLICITUD
FECHA DE
CONCESION
EN TRAMITE
13. Que el número de personas trabajadoras con discapacidad que se integran en la plantilla del centro especial de
empleo asciende a ________________, siendo el porcentaje de personas trabajadoras con discapacidad con respecto
al total de la plantilla del ______%
61714
Lunes 2 de diciembre de 2024
CODIGO
0312916
FOMENTO DEL EMPLEO DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD
EN EL MERCADO PROTEGIDO DE TRABAJO DE LA
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA
CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO
SOLICITUD DE SUBVENCIÓN PROGRAMA II:
MANTENIMIENTO DE PUESTOS DE TRABAJO DE PERSONAS
CON DISCAPACIDAD
5. Que las contrataciones por las que se solicita subvención no se han efectuado mediando la comisión de cualquiera de
las infracciones previstas en los artículos 22.2 y 23 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, que aprueba
el texto refundido sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.
6. Que el centro especial de empleo solicitante no ha efectuado actuaciones que puedan implicar la consecución de la
subvención sin que se produzca creación real y efectiva de empleo.
7. Que las personas trabajadoras con discapacidad por los que se solicita la ayuda, están con contrato vigente en el
Centro Especial de Empleo y en situación de alta en Seguridad Social en el mes por el que se solicita la subvención.
8. Que salario mensual que el centro ha abonado como conceptos salariales en las nóminas de sus personas trabajadoras
es el fijado en las tablas salariales del convenio vigente, y en cualquier caso, igual o mayor al Salario Mínimo
Interprofesional vigente.
9. Que el Centro Especial de Empleo ha abonado a sus personas trabajadoras el salario correspondiente mediante
transacción bancaria.
10. Que los contratos por los que se solicita subvención tiene una duración mínima de un mes, salvo que se trate de
contratos de duración determinada para la sustitución de una persona trabajadora con derecho a reserva de puesto
de trabajo, regulados en el artículo 15.3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por
Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
11. Que los contratos por los que se solicita subvención, en el caso de ser contratos fijos-discontinuos, han tenido un
periodo de actividad superior a un mes ininterrumpido de trabajo.
12. Que el centro especial de empleo.
No ha solicitado o recibido otras ayudas para la misma finalidad, percibidas de ésta u otras Administraciones
públicas, salvo con las bonificaciones o reducciones en cuotas de la Seguridad Social reguladas por las leyes
estatales, que se establezcan como medidas de fomento de empleo aplicables en cada ejercicio
presupuestario.
Ha percibido o solicitado las ayudas para la misma finalidad siguiente:
ORGANISMO
PUBLICO/ENTIDAD PRIVADA
INCENTIVO
SOLICITADO/CONCEDIDO
IMPORTE DE LA
AYUDA
FECHA DE
SOLICITUD
FECHA DE
CONCESION
EN TRAMITE
13. Que el número de personas trabajadoras con discapacidad que se integran en la plantilla del centro especial de
empleo asciende a ________________, siendo el porcentaje de personas trabajadoras con discapacidad con respecto
al total de la plantilla del ______%