Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Ayudas. (2024063840)
Resolución de 15 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el fomento del empleo de personas con discapacidad en el mercado protegido de trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el ejercicio 2025.
62 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 234
Lunes 2 de diciembre de 2024
61678
en los que no hubieran podido ser presentadas en la convocatoria anterior, establecida por
la Resolución de 20 de octubre de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la
convocatoria de subvenciones para el fomento del empleo de personas con discapacidad en el
mercado protegido de trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el ejercicio
2023/2024, por la por finalización de la vigencia de esta.
En relación con los programas I y IV, se habilita un plazo de un mes a contar desde el día
siguiente a la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la presente convocatoria,
para que puedan presentarse solicitudes para los contratos cuyas fechas de inicio o transformación se hayan producido entre el 2 de octubre de 2024 y el día de publicación de la presente convocatoria, de modo que ampare todas las contrataciones que, al día de finalización
de la convocatoria anterior aún disponían de plazo para presentar la solicitud de ayuda. En
relación al programa II, se habilita un plazo de 1 mes para la presentación de las solicitudes
correspondientes a los meses que no pudieron ser presentadas en la convocatoria anterior por
finalización de la vigencia de la misma.
Por tanto, al amparo de lo dispuesto en la citada Orden de 10 de agosto de 2023, se procede
al dictado de la presente resolución por la que se realiza la convocatoria pública de las ayudas
previstas en el artículo 2 de dicha orden:
— Programa I: Ayudas a proyectos generadores de empleo.
— Programa II: Ayudas al mantenimiento de puestos de trabajo de personas trabajadoras
con discapacidad en los Centros Especiales de Empleo.
— Programa III: Ayudas destinadas a las Unidades de Apoyo de los Centros Especiales de
Empleo.
— Programa IV: Proyectos de inserción de personas con discapacidad en el mercado ordinario a través de Centros Especiales de Empleo.
Por todo lo expuesto, y en virtud de las atribuciones que por el ordenamiento jurídico me son
conferidas y habiendo sido autorizada esta convocatoria por acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 12 de noviembre de 2024, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.2
y 23.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura,
RESUELVO:
Primero. Objeto.
Por medio de la presente resolución se aprueba la convocatoria correspondiente al ejercicio
2025 de las subvenciones previstas en los siguientes programas de subvenciones contenidos
Lunes 2 de diciembre de 2024
61678
en los que no hubieran podido ser presentadas en la convocatoria anterior, establecida por
la Resolución de 20 de octubre de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la
convocatoria de subvenciones para el fomento del empleo de personas con discapacidad en el
mercado protegido de trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el ejercicio
2023/2024, por la por finalización de la vigencia de esta.
En relación con los programas I y IV, se habilita un plazo de un mes a contar desde el día
siguiente a la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la presente convocatoria,
para que puedan presentarse solicitudes para los contratos cuyas fechas de inicio o transformación se hayan producido entre el 2 de octubre de 2024 y el día de publicación de la presente convocatoria, de modo que ampare todas las contrataciones que, al día de finalización
de la convocatoria anterior aún disponían de plazo para presentar la solicitud de ayuda. En
relación al programa II, se habilita un plazo de 1 mes para la presentación de las solicitudes
correspondientes a los meses que no pudieron ser presentadas en la convocatoria anterior por
finalización de la vigencia de la misma.
Por tanto, al amparo de lo dispuesto en la citada Orden de 10 de agosto de 2023, se procede
al dictado de la presente resolución por la que se realiza la convocatoria pública de las ayudas
previstas en el artículo 2 de dicha orden:
— Programa I: Ayudas a proyectos generadores de empleo.
— Programa II: Ayudas al mantenimiento de puestos de trabajo de personas trabajadoras
con discapacidad en los Centros Especiales de Empleo.
— Programa III: Ayudas destinadas a las Unidades de Apoyo de los Centros Especiales de
Empleo.
— Programa IV: Proyectos de inserción de personas con discapacidad en el mercado ordinario a través de Centros Especiales de Empleo.
Por todo lo expuesto, y en virtud de las atribuciones que por el ordenamiento jurídico me son
conferidas y habiendo sido autorizada esta convocatoria por acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 12 de noviembre de 2024, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.2
y 23.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura,
RESUELVO:
Primero. Objeto.
Por medio de la presente resolución se aprueba la convocatoria correspondiente al ejercicio
2025 de las subvenciones previstas en los siguientes programas de subvenciones contenidos