Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Acción Cinegética. Ayudas. (2024063801)
Resolución de 13 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se efectúa la convocatoria de ayudas a la gestión de subproductos animales no destinados al consumo humano (SANDACH), vinculadas a las acciones cinegéticas de caza mayor colectiva llevadas a cabo en cotos cuyo titular sea una Sociedad Local de Cazadores y Cazadoras en la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondientes al ejercicio 2025.
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NÚMERO 234
61654
Lunes 2 de diciembre de 2024
b) Copias de los documentos de acompañamiento del transporte y retirada de SAN
DACH de las actividades cinegéticas.
c) Extracto bancario en el que se refleje el adeudo correspondiente en la cuenta banca
ria del beneficiario, que estará sellado debidamente por la entidad bancaria.
De acuerdo con el artículo 36.2 de la Ley 6/2011, se considerará gasto realizado el que ha
sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del periodo de justificación.
Undécimo. Eficacia de la resolución de convocatoria y recursos.
1. L
a presente resolución desplegará efectos el día siguiente al de su publicación en el Diario
Oficial de Extremadura.
2. La presente resolución no agota la vía administrativa, según lo previsto en el artículo 103
de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, y contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante el
órgano que la dicta o ante la Consejera de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible,
en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente
acto en el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administra
ciones Públicas, y el artículo 101 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero.
Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen proce
dente.
Mérida, 13 de noviembre de 2024.
La Secretaria General,
MARÍA DE LA CONCEPCIÓN
MONTERO GÓMEZ
61654
Lunes 2 de diciembre de 2024
b) Copias de los documentos de acompañamiento del transporte y retirada de SAN
DACH de las actividades cinegéticas.
c) Extracto bancario en el que se refleje el adeudo correspondiente en la cuenta banca
ria del beneficiario, que estará sellado debidamente por la entidad bancaria.
De acuerdo con el artículo 36.2 de la Ley 6/2011, se considerará gasto realizado el que ha
sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del periodo de justificación.
Undécimo. Eficacia de la resolución de convocatoria y recursos.
1. L
a presente resolución desplegará efectos el día siguiente al de su publicación en el Diario
Oficial de Extremadura.
2. La presente resolución no agota la vía administrativa, según lo previsto en el artículo 103
de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, y contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante el
órgano que la dicta o ante la Consejera de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible,
en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente
acto en el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administra
ciones Públicas, y el artículo 101 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero.
Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen proce
dente.
Mérida, 13 de noviembre de 2024.
La Secretaria General,
MARÍA DE LA CONCEPCIÓN
MONTERO GÓMEZ