Extremadura Avante Servicios Avanzados A Pymes, Slu. Promoción Empresarial. Ayudas. (2024AC0098)
Acuerdo de 22 de noviembre de 2024, del Consejero Delegado, por el que se realiza la convocatoria de las ayudas de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la participación agrupada en la Feria Salón Gourmets 2025 (Código FI25GOUR).
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NÚMERO 234
61772
Lunes 2 de diciembre de 2024
— Servicios profesionales de asistencia.
— Material promocional y/o informativo.
— Costes del personal de Extremadura Avante, SLU, relacionados directamente con la
operación.
Los gastos subvencionables deberán cumplir en todo caso las normas sobre elegibilidad contenidas en la Orden HFP/1414/2023, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las normas
sobre los gastos subvencionables de los programas financiados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Transición Justa para el período 2021-2027.
Quinto. Cuantía de la ayuda en especie.
1. El
importe máximo de la ayuda en especie que podrán obtener los beneficiarios vendrá
determinado por el cociente entre el importe de 360.000,00€ (trescientos sesenta mil
euros) asignado en la convocatoria, y el número máximo de participantes, que en esta
acción de promoción internacional es de 50 (cincuenta), cuyo resultado es de un máximo
de 7.200,00€ (siete mil doscientos euros) por beneficiario.
ACCIÓN
NÚMERO MÁXIMO DE BENEFICIARIOS A
SELECCIONAR
IMPORTE MÁXIMO DE LA
AYUDA POR BENEFICIARIO
FERIA SALÓN
GOURMETS
2025
50
7.200,00€
2. E
l importe efectivo de la ayuda resultará del cociente entre la cuantía de los gastos reales
en los que haya incurrido Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, según
las facturas de los bienes, derechos y servicios adquiridos, y el número final de participantes de la acción de promoción internacional objeto de la convocatoria, una vez finalizada,
sin que pueda ser este, superior al importe máximo concedido.
3. El
importe de ayuda efectiva será notificado individualmente a cada beneficiario, mediante
una modificación de la resolución de concesión inicial.
4. La
intensidad de la ayuda por convocatoria, será del 100 % de los gastos subvencionables,
no pudiendo superar el importe de la ayuda la cuantía de 30.000 euros por beneficiario.
Sexto. Solicitudes y plazo de presentación.
1. La
solicitud y documentación necesaria se presentará a través de Sede Electrónica Asociada
mediante el acceso a través del Punto de Acceso General Electrónico en la siguiente
dirección electrónica: https://www.juntaex.es/w/0703024 .
61772
Lunes 2 de diciembre de 2024
— Servicios profesionales de asistencia.
— Material promocional y/o informativo.
— Costes del personal de Extremadura Avante, SLU, relacionados directamente con la
operación.
Los gastos subvencionables deberán cumplir en todo caso las normas sobre elegibilidad contenidas en la Orden HFP/1414/2023, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las normas
sobre los gastos subvencionables de los programas financiados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Transición Justa para el período 2021-2027.
Quinto. Cuantía de la ayuda en especie.
1. El
importe máximo de la ayuda en especie que podrán obtener los beneficiarios vendrá
determinado por el cociente entre el importe de 360.000,00€ (trescientos sesenta mil
euros) asignado en la convocatoria, y el número máximo de participantes, que en esta
acción de promoción internacional es de 50 (cincuenta), cuyo resultado es de un máximo
de 7.200,00€ (siete mil doscientos euros) por beneficiario.
ACCIÓN
NÚMERO MÁXIMO DE BENEFICIARIOS A
SELECCIONAR
IMPORTE MÁXIMO DE LA
AYUDA POR BENEFICIARIO
FERIA SALÓN
GOURMETS
2025
50
7.200,00€
2. E
l importe efectivo de la ayuda resultará del cociente entre la cuantía de los gastos reales
en los que haya incurrido Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, según
las facturas de los bienes, derechos y servicios adquiridos, y el número final de participantes de la acción de promoción internacional objeto de la convocatoria, una vez finalizada,
sin que pueda ser este, superior al importe máximo concedido.
3. El
importe de ayuda efectiva será notificado individualmente a cada beneficiario, mediante
una modificación de la resolución de concesión inicial.
4. La
intensidad de la ayuda por convocatoria, será del 100 % de los gastos subvencionables,
no pudiendo superar el importe de la ayuda la cuantía de 30.000 euros por beneficiario.
Sexto. Solicitudes y plazo de presentación.
1. La
solicitud y documentación necesaria se presentará a través de Sede Electrónica Asociada
mediante el acceso a través del Punto de Acceso General Electrónico en la siguiente
dirección electrónica: https://www.juntaex.es/w/0703024 .