Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Radiodifusión. (2024063892)
Resolución de 15 de noviembre de 2024, de la Consejera, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura relativo a la transformación de concesión para la explotación, en régimen de gestión directa por el Ayuntamiento de Zahínos (Badajoz), del servicio público de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia (107.4 Mhz) en licencia para la prestación del servicio de comunicación audiovisual (radiofónico).
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NÚMERO 232
Jueves 28 de noviembre de 2024
61304
de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda
y Administración Pública de la Junta de Extremadura. Por ello, en virtud de lo dispuesto en
el artículo 1 del citado Decreto 131/1994 “corresponde al Consejo de Gobierno de la Junta
de Extremadura, a propuesta de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, la adjudicación de las concesiones para la explotación de las emisoras de radiodifusión sonora en
ondas métricas con modulación de frecuencia que se encuentren situadas en el territorio de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, de conformidad con lo que se dispone en el presente
Decreto y en la legislación específica que resulte aplicable”.
A su vez, a la Secretaría General de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la
Junta de Extremadura le corresponde el ejercicio de las competencias de la Junta de Extremadura en materia de radiodifusión y televisión y, en particular, le corresponden las que en
materia de comunicación audiovisual son atribuidas por la normativa vigente como las relativas a la gestión, planificación, coordinación y asesoramiento técnico de todos los servicios,
sistemas e infraestructuras de radiodifusión y televisión de la Junta de Extremadura, así como
la verificación de las condiciones y características técnicas aprobadas para los prestadores de
servicios de comunicación audiovisual en el ámbito de la Comunidad Autónoma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo artículo 2 del Decreto 232/2023, de 12 de septiembre,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración
Pública de la Junta de Extremadura
Sexto. Con la transformación de la concesión de referencia en licencia, dichos servicios de
comunicación audiovisual (radiofónico) que –hasta entonces– se configuraban como “servicio
público” que requería “concesión” para su explotación, pasa a ser considerado –ahora– un
“servicio de interés general” a prestar en régimen de libre competencia.
Por todo ello, habiéndose otorgado al “Ayuntamiento de Zahínos” la adjudicación definitiva de
la concesión administrativa para la explotación, en régimen de gestión directa, del servicio
público de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia, de carácter
municipal, en la localidad de Zahínos (Badajoz) mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de
la Junta de Extremadura, adoptado en su sesión de 19 de abril de 2016 –publicado en el Diario
Oficial de Extremadura, número 96, de 20 de mayo de 2016–con la frecuencia 107.4 Mhz y
demás condiciones (características) técnicas detalladas en la aprobación del proyecto técnico
y en la autorización de la puesta en servicio de la citada estación destinada a la prestación de
servicios de radiodifusión–, por un período de diez años.
Por todo ello, habiéndose procedido por la Administración del Estado a la aprobación del proyecto técnico y a la autorización de la puesta en servicio de la estación de radiodifusión sonora
en frecuencia modulada (107.4 Mhz), en la localidad de Zahínos (Badajoz), cuya titular es el
“Ayuntamiento de Zahínos”, una vez abonada la tasa correspondiente a la “prestación de ser-
Jueves 28 de noviembre de 2024
61304
de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda
y Administración Pública de la Junta de Extremadura. Por ello, en virtud de lo dispuesto en
el artículo 1 del citado Decreto 131/1994 “corresponde al Consejo de Gobierno de la Junta
de Extremadura, a propuesta de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, la adjudicación de las concesiones para la explotación de las emisoras de radiodifusión sonora en
ondas métricas con modulación de frecuencia que se encuentren situadas en el territorio de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, de conformidad con lo que se dispone en el presente
Decreto y en la legislación específica que resulte aplicable”.
A su vez, a la Secretaría General de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la
Junta de Extremadura le corresponde el ejercicio de las competencias de la Junta de Extremadura en materia de radiodifusión y televisión y, en particular, le corresponden las que en
materia de comunicación audiovisual son atribuidas por la normativa vigente como las relativas a la gestión, planificación, coordinación y asesoramiento técnico de todos los servicios,
sistemas e infraestructuras de radiodifusión y televisión de la Junta de Extremadura, así como
la verificación de las condiciones y características técnicas aprobadas para los prestadores de
servicios de comunicación audiovisual en el ámbito de la Comunidad Autónoma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo artículo 2 del Decreto 232/2023, de 12 de septiembre,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración
Pública de la Junta de Extremadura
Sexto. Con la transformación de la concesión de referencia en licencia, dichos servicios de
comunicación audiovisual (radiofónico) que –hasta entonces– se configuraban como “servicio
público” que requería “concesión” para su explotación, pasa a ser considerado –ahora– un
“servicio de interés general” a prestar en régimen de libre competencia.
Por todo ello, habiéndose otorgado al “Ayuntamiento de Zahínos” la adjudicación definitiva de
la concesión administrativa para la explotación, en régimen de gestión directa, del servicio
público de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia, de carácter
municipal, en la localidad de Zahínos (Badajoz) mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de
la Junta de Extremadura, adoptado en su sesión de 19 de abril de 2016 –publicado en el Diario
Oficial de Extremadura, número 96, de 20 de mayo de 2016–con la frecuencia 107.4 Mhz y
demás condiciones (características) técnicas detalladas en la aprobación del proyecto técnico
y en la autorización de la puesta en servicio de la citada estación destinada a la prestación de
servicios de radiodifusión–, por un período de diez años.
Por todo ello, habiéndose procedido por la Administración del Estado a la aprobación del proyecto técnico y a la autorización de la puesta en servicio de la estación de radiodifusión sonora
en frecuencia modulada (107.4 Mhz), en la localidad de Zahínos (Badajoz), cuya titular es el
“Ayuntamiento de Zahínos”, una vez abonada la tasa correspondiente a la “prestación de ser-