Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024063885)
Resolución de 21 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración Interadministrativo entre el Instituto de la Juventud de Extremadura y el Ayuntamiento de Miajadas para la dinamización juvenil municipal en la localidad y alrededores durante los años 2024 y 2025.
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NÚMERO 231
Miércoles 27 de noviembre de 2024

61050

De conformidad con lo expuesto por ambas partes, con el fin de promover las condiciones
favorables para la participación juvenil y su integración en la sociedad, y trabajando conjuntamente en la organización de acciones y actividades enfocadas a la población joven de la
localidad y de zonas cercanas, y con ello impulsar una dinamización juvenil, cumplidos los
trámites preceptivos previos, y de acuerdo con la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, las partes firmantes acuerdan suscribir el presente convenio con
arreglo a las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El presente convenio tiene por objeto establecer un marco de colaboración entre las partes
firmantes con el fin de dinamizar a la juventud del municipio y alrededores, profesionalizando
el puesto de trabajo que desempeñe las funciones de dinamización juvenil en el municipio
dando continuidad a su existencia, extendiéndolo además a zonas colindantes, mediante una
programación de actividades, conforme al perfil laboral, la propuesta de actividades y presupuesto, que se anexa al presente convenio, con el fin de reforzar y extender esta dinamización
en zonas donde el IJEX no dispone de medios, ni infraestructura para poder llevarlo a cabo.
Segunda. Compromisos del Ayuntamiento de Miajadas.
El Ayuntamiento de Miajadas, por medio de la suscripción del presente convenio, se compromete a cumplir las siguientes obligaciones:
1. C
 ontratar y dar continuidad al puesto de trabajo de una persona que ejerza la dinamización
en el ECJ municipal, según las indicaciones contenidas en la Cláusula Octava del presente
convenio, la cual se encargará de llevar a cabo la programación de actividades establecida
por las partes firmantes.
En aquellos casos en los que la persona que ejerce la dinamización se encuentre contratada
a fecha de la firma del presente convenio con un perfil distinto a lo indicado anteriormente,
se estará a lo dispuesto en el segundo párrafo de la citada Clausula Octava.
2. A
 creditar, para la realización del objeto del presente convenio, la plena disponibilidad del
inmueble donde se van a ejecutar las actuaciones y los procesos para contratar a una persona que ejerza la dinamización o dar continuidad en el empleo de la persona que actualmente desarrolla esta función, el cual, además, deberá trasladarse a zonas colindantes con
el objetivo de llegar a la mayor población joven extremeña posible.
3. C
 on el objeto de mejorar la coordinación de los servicios a la juventud, elaborará una
programación de la que dará traslado al IJEX para su conformidad, alineando los objetivos