Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Subvenciones. (2024063890)
Resolución de 18 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Universidad, para la concesión directa de una subvención para financiar actuaciones de inversión en infraestructuras en los campus de la Universidad de Extremadura para la adecuación y mejora de sus instalaciones, a realizar durante 2024
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NÚMERO 231
61181
Miércoles 27 de noviembre de 2024
Decimocuarto. Publicidad de la subvención.
La subvención concedida será publicada en el Diario Oficial de Extremadura, y en aplicación
del artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, deberá ordenarse la publicación en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma, y de conformidad con el artículo 11.1 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo,
de Gobierno Abierto de Extremadura, se publicará la subvención, en el Portal de Transparencia
de la Junta de Extremadura.
Asimismo, los beneficiarios deberán adoptar las medidas de identificación, información y publicidad establecidas en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de
gestión de inversiones financiadas por la Junta de Extremadura, así como cumplir con lo establecido en el artículo 50 y anexo IX del Reglamento (UE) n.º 2021/1060 del Parlamento y
del Consejo de 24 de junio.
Decimoquinto. Recurso.
La presente resolución, que no podrá fin a la vía administrativa, podrá recurrirse en alzada en
el plazo de un mes, a partir del día siguiente a la notificación de la misma, ante el órgano que
la dicta o ante la Consejera de Educación, Ciencia y Formación Profesional, de conformidad
con el artículo 101 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración
de la Comunidad Autónoma de Extremadura y con los artículos 112, 121 y 122 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, sin perjuicio de que pueda ejercitarse cualquier otro que estime conveniente.
Mérida, 18 de noviembre de 2024.
El Secretario General,
PD, Resolución de 9 de agosto de 2023
(DOE núm. 156, de 14 de agosto),
La Directora General de Universidad,
ESTHER MUÑOZ BAQUERO
61181
Miércoles 27 de noviembre de 2024
Decimocuarto. Publicidad de la subvención.
La subvención concedida será publicada en el Diario Oficial de Extremadura, y en aplicación
del artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, deberá ordenarse la publicación en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma, y de conformidad con el artículo 11.1 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo,
de Gobierno Abierto de Extremadura, se publicará la subvención, en el Portal de Transparencia
de la Junta de Extremadura.
Asimismo, los beneficiarios deberán adoptar las medidas de identificación, información y publicidad establecidas en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de
gestión de inversiones financiadas por la Junta de Extremadura, así como cumplir con lo establecido en el artículo 50 y anexo IX del Reglamento (UE) n.º 2021/1060 del Parlamento y
del Consejo de 24 de junio.
Decimoquinto. Recurso.
La presente resolución, que no podrá fin a la vía administrativa, podrá recurrirse en alzada en
el plazo de un mes, a partir del día siguiente a la notificación de la misma, ante el órgano que
la dicta o ante la Consejera de Educación, Ciencia y Formación Profesional, de conformidad
con el artículo 101 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración
de la Comunidad Autónoma de Extremadura y con los artículos 112, 121 y 122 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, sin perjuicio de que pueda ejercitarse cualquier otro que estime conveniente.
Mérida, 18 de noviembre de 2024.
El Secretario General,
PD, Resolución de 9 de agosto de 2023
(DOE núm. 156, de 14 de agosto),
La Directora General de Universidad,
ESTHER MUÑOZ BAQUERO