Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Subvenciones. (2024063890)
Resolución de 18 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Universidad, para la concesión directa de una subvención para financiar actuaciones de inversión en infraestructuras en los campus de la Universidad de Extremadura para la adecuación y mejora de sus instalaciones, a realizar durante 2024
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NÚMERO 231
Miércoles 27 de noviembre de 2024

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rantizarse que todos los responsables que intervengan en el procedimiento de subvención no
incurren en conflicto de intereses con los beneficiarios de los mismos. Deberá suscribirse una
Declaración de Ausencia de Conflictos de Interés (DACI), firmada electrónicamente por la entidad solicitante y por las personas que vayan a participar en las actuaciones subvencionadas
(previo a la concesión y a cada pago), conforme al modelo de Declaración de Ausencia de
Conflictos de Interés (DACI) establecido en el anexo.
Decimoprimero. Justificación.
En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 9 del artículo 35 de la Ley 6/2011 de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma Extremadura, en las subvenciones concedidas a la Universidad de Extremadura “cuando así se prevea en las bases reguladoras o
en los convenios o actos de concesión directa sin convocatoria, la justificación podrá consistir
en la certificación de su intervención o, en su defecto, del órgano que tenga atribuidas las
facultades de la toma de razón en contabilidad. Respecto de los gastos y pagos realizados y
del cumplimiento de la finalidad para la que fue concedida, acompañados, en su caso, de las
listas de comprobación e informes de control efectuados sobre los gastos que se certifican”.
Por lo tanto, se establece en esta resolución que la justificación por parte de la Universidad
de Extremadura consistirá en la certificación de su intervención o en su defecto del órgano
que tiene atribuidas las facultades de la toma de razón en contabilidad, de los gastos y pagos
realizados, acompañados si fuera el caso de las listas de comprobación e informes de control
efectuados sobre los gastos que se certifican, para dar cumplimiento al fin de la subvención
que se concede en la correspondiente resolución.
La Universidad de Extremadura deberá justificar documentalmente los gastos y pagos correspondientes al primer 50% de la subvención (1.350.000,00 €) antes del 18 de diciembre de
2024. La documentación justificativa de gastos y pagos financiados con el segundo 50% de la
subvención (1.350.000,00 €) se deberá presentar antes del 31 de enero de 2025, de forma
tal que, de no ser así, la subvención aprobada (2.700.000,00 euros) se reducirá proporcionalmente conforme a la inversión total realizada, procediéndose al reintegro de los fondos
indebidamente percibidos con los intereses de demora que correspondiesen en su caso.
Sin perjuicio de lo anterior, la actividad subvencionada estará sujeta al control financiero que
proceda conforme a lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Decimosegundo. Compatibilidad.
Esta subvención es compatible con cualesquiera otras que, para la misma finalidad y objeto,
puedan conceder otras Administraciones Públicas, entes públicos adscritos o dependientes