Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2024063876)
Resolución de 7 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de 2025 de subvenciones destinadas a financiar las actividades de diseño, programación, difusión y evaluación de la oferta formativa para personas trabajadoras autónomas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 230
Martes 26 de noviembre de 2024
61011
ciaciones Profesionales de Trabajadores Autónomos de Extremadura, en el que conste
la antigüedad de la asociación, cuando la entidad solicitante se haya opuesto expresamente a la consulta de oficio de dicha información por el órgano gestor.
h) P
ara acreditar el criterio previsto en el artículo 12. b) de la Orden de 28 de abril de
2021, se deberá aportar un certificado por el Registro de Asociaciones Profesionales de
Trabajadores Autónomos de Extremadura, en el que conste el número de personas afiliadas, cuando la asociación solicitante se haya opuesto a la consulta de oficio de dicha
información por el órgano gestor.
i) Para justificar el criterio establecido en el artículo 12. c) de la Orden de 28 de abril de
2021, se presentarán los contratos de trabajo de los empleados directos de las asociaciones, confederaciones y federaciones integradas. Se presentará acreditación nominal
de los trabajadores del alta en el Régimen General de la Seguridad Social, con un mínimo de un año de antigüedad.
2. C
on arreglo a lo establecido en el artículo 53.d) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las entidades solicitantes no estarán obligadas a presentar los datos y documentación exigidos que ya se
encuentren en poder de la Administración, indicándolo en su solicitud.
Décimo. Plazo de presentación de solicitudes.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 10.1 de la Orden de 28 de abril de 2021, el plazo
de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de
la publicación de la resolución de convocatoria y el extracto de la misma en el Diario Oficial
de Extremadura.
Undécimo. Criterios de valoración.
Las solicitudes admitidas se valorarán y serán ordenadas por orden de puntuación, conforme
a los siguientes criterios objetivos:
a) Tiempo de experiencia como Asociación de Autónomos: hasta 15 puntos, de acuerdo
con el siguiente baremo:
— Hasta tres años de experiencia: 3 puntos.
— Entre 4 y 6 años de experiencia:6 puntos.
— Ente 7 y 9 años de experiencia: 12 puntos.
— Más de 10 años de experiencia: 15 puntos.
Martes 26 de noviembre de 2024
61011
ciaciones Profesionales de Trabajadores Autónomos de Extremadura, en el que conste
la antigüedad de la asociación, cuando la entidad solicitante se haya opuesto expresamente a la consulta de oficio de dicha información por el órgano gestor.
h) P
ara acreditar el criterio previsto en el artículo 12. b) de la Orden de 28 de abril de
2021, se deberá aportar un certificado por el Registro de Asociaciones Profesionales de
Trabajadores Autónomos de Extremadura, en el que conste el número de personas afiliadas, cuando la asociación solicitante se haya opuesto a la consulta de oficio de dicha
información por el órgano gestor.
i) Para justificar el criterio establecido en el artículo 12. c) de la Orden de 28 de abril de
2021, se presentarán los contratos de trabajo de los empleados directos de las asociaciones, confederaciones y federaciones integradas. Se presentará acreditación nominal
de los trabajadores del alta en el Régimen General de la Seguridad Social, con un mínimo de un año de antigüedad.
2. C
on arreglo a lo establecido en el artículo 53.d) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las entidades solicitantes no estarán obligadas a presentar los datos y documentación exigidos que ya se
encuentren en poder de la Administración, indicándolo en su solicitud.
Décimo. Plazo de presentación de solicitudes.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 10.1 de la Orden de 28 de abril de 2021, el plazo
de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de
la publicación de la resolución de convocatoria y el extracto de la misma en el Diario Oficial
de Extremadura.
Undécimo. Criterios de valoración.
Las solicitudes admitidas se valorarán y serán ordenadas por orden de puntuación, conforme
a los siguientes criterios objetivos:
a) Tiempo de experiencia como Asociación de Autónomos: hasta 15 puntos, de acuerdo
con el siguiente baremo:
— Hasta tres años de experiencia: 3 puntos.
— Entre 4 y 6 años de experiencia:6 puntos.
— Ente 7 y 9 años de experiencia: 12 puntos.
— Más de 10 años de experiencia: 15 puntos.